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BOP de Badajoz · 30 Sep 2026 · 21 vistas

Mérida aprueba su plan municipal ante el riesgo de inundaciones

Por FactBox Admin

Mérida aprueba su plan municipal ante el riesgo de inundaciones

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mérida aprobó el Plan de actuación municipal ante el riesgo de inundaciones de Mérida (PAM) en su sesión ordinaria del 24 de septiembre de 2026, por unanimidad de los presentes. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 187, correspondiente al miércoles 30 de septiembre de 2026, bajo el Anuncio 3778/2026, dentro de la sección de Administración Local. El Plan fija la organización y los procedimientos para dar una respuesta coordinada ante situaciones de preemergencia y emergencia por inundación en la totalidad del término municipal.

La propuesta fue presentada por el Segundo Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Administración General, Julio César Fuster Flores, y se enmarca en el mandato del INUNCAEX, el Plan Especial de Protección Civil de Riesgo de Inundaciones de Extremadura, que exige a determinados municipios, entre ellos Mérida, disponer de un plan de actuación propio atendiendo a su peligrosidad. El expediente incluye el documento técnico del Plan, el informe favorable de la Comisión Permanente de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura —emitido en sesión del 25 de agosto de 2026—, la certificación de su Secretaría y el anexo I con los componentes de la estructura organizativa.

Un plan elaborado por técnicos y servicios municipales

El documento fue redactado por técnicos de la empresa Aquaducto Ingenieros y Servicios Extremeños, bajo la autoría de Manuel Jesús Castelló Vinagre, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Para su elaboración se contó con información y colaboración de organismos públicos y privados y de los servicios municipales de Policía Local, Parques y Jardines y Urbanismo.

El Plan tiene naturaleza operativa, administrativa y organizativa: no aprueba una disposición general ni afecta a materias normativas, presupuestarias, urbanísticas o estructurales reservadas al Pleno. Su ámbito de aplicación comprende todo el término municipal y prevé solicitar la movilización de medios del INUNCAEX cuando los recursos municipales resulten insuficientes.

Base normativa y contenido

La elaboración del Plan se sustenta en la siguiente normativa:

  • Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
  • Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
  • Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de planificación de protección civil de emergencia por inundaciones.
  • Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Decreto 32/2023, de 5 de abril, que regula el Registro de los Planes de Protección Civil de Extremadura.
  • INUNCAEX, Plan Especial de Protección Civil de Riesgo de Inundaciones de Extremadura.

Entre sus contenidos figuran la identificación y valoración de los riesgos de inundación, la zonificación del territorio, la detección de elementos vulnerables —población, infraestructuras, bienes y espacios de especial protección—, los procedimientos de activación y movilización de recursos, las medidas de protección a la población (evacuación, alejamiento y confinamiento), los mecanismos de información a la ciudadanía y el catálogo de medios humanos y materiales.

Trámites posteriores y estructura

El acuerdo municipal contempla varias actuaciones:

  • Dar traslado a la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Junta de Extremadura para inscribir el Plan en el Registro de Planes de Protección Civil de la Comunidad Autónoma.
  • Notificar el acuerdo a las personas, organismos y entidades de la estructura orgánica del PAM, tanto de dirección como operativa.
  • Publicar la aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
  • Ejecutar las actuaciones de implantación, difusión, formación, ejercicios, simulacros, revisión y mantenimiento de la operatividad del Plan.
  • Trasladar el acuerdo a Policía Local, Parques y Jardines, Urbanismo, Obras, Protección Civil, Servicios Sociales, Gabinete de Información, Intervención y Tesorería.
  • Encomendar a la Delegación de Administración General los trámites necesarios para su ejecución.

El Plan diferencia una estructura de dirección y una estructura operativa, conforme a la relación incorporada en su anexo I.

La aprobación del PAM dota a Mérida de un instrumento específico de planificación en protección civil frente a un riesgo que afecta a todo su término municipal. El Plan ordena quién decide, con qué medios y cómo se coordinan los servicios municipales y autonómicos ante una inundación, e incorpora un calendario de formación, simulacros y revisión para mantener su operatividad.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 187, 30 de septiembre de 2026, Administración Local, págs. 2-6 (referencia oficial: Anuncio 3778/2026).