Diario Oficial de Extremadura · 26 Aug 2026 · 7 vistas
Luz verde ambiental al complejo de enoturismo de Hervás
Por FactBox Admin

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Ciencia, Energía y Territorio ha emitido un informe de impacto ambiental favorable al proyecto de adaptación, legalización, construcción y establecimiento de un complejo dedicado a la “Recepción de visitantes y enoturismo” en el término municipal de Hervás. La resolución, firmada el 18 de agosto de 2026 por el director general Juan Eloy Rodríguez Ucedo, se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 165, de 26 de agosto de 2026, con referencia oficial 2026062182 y expediente IA25/1977.
El proyecto, promovido por Enrique Manuel Menasalvas Belmonte, se ubica en la parcela 107 del polígono 10, en el paraje “La Hoya”, sobre una finca de suelo rústico de 23.119 m². La actuación se enmarca en la evaluación de impacto ambiental simplificada prevista en el artículo 73 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al estar incluida en su anexo V.
Un centro de recepción y enoturismo en el paraje “La Hoya”
El complejo se concibe como un alojamiento rural que servirá además de difusión del patrimonio natural y sociocultural de la comarca. La superficie total construida proyectada es de 322,16 m², distribuida en cuatro edificaciones:
- Edificación 1: almacén y centro de visitantes, con salón-comedor-cocina, un dormitorio y un baño en planta baja, y tres dormitorios y un baño en planta primera (193,61 m²).
- Edificación 2: casillón almacén (50 m²).
- Edificación 3: leñera cubierta (25 m²).
- Edificación 4: cuadras (53,55 m²).
El entorno es un paraje de cultivo de secano con predominio de olivos y matorral. El abastecimiento de agua se realizará desde un pozo de sondeo, y el saneamiento mediante fosa séptica estanca.
Autoabastecimiento solar y condicionantes técnicos
El suministro eléctrico se garantizará mediante placas solares en cubiertas, buscando el autoabastecimiento energético de las instalaciones y acumulando el excedente diurno en baterías para los momentos de mayor demanda. Entre los condicionantes del informe destacan:
- La instalación tendrá la consideración de Lugar Vulnerable de Mayor Entidad, por lo que su titular deberá contar con Memoria Técnica de Prevención de incendios.
- Deberá obtenerse la calificación rústica (expediente 2026/034/CC) y la licencia urbanística municipal con carácter previo al inicio de las obras.
- El abastecimiento desde el pozo requerirá el correspondiente título concesional de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
- Si durante las obras se hallasen restos arqueológicos, deberán paralizarse los trabajos y comunicarse el hallazgo en un plazo de 48 horas.
Consultas y compatibilidad ambiental
Durante la tramitación se consultó a las administraciones afectadas, entre ellas el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, la Confederación Hidrográfica del Tajo y el Ayuntamiento de Hervás. El análisis concluye que la parcela no se encuentra dentro de la Red Natura 2000 ni en zona de policía de cauces, y que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no se considera necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia si, una vez publicado, no se autoriza el proyecto en un plazo de cuatro años. La resolución se emite a los solos efectos ambientales, sin perjuicio de las restantes autorizaciones sectoriales y licencias exigibles.
La noticia refuerza la apuesta por el turismo rural y el enoturismo como motor de desarrollo económico de la comarca de Hervás, al diversificar la actividad agraria y aumentar la oferta de alojamiento y actividades, con un impacto ambiental reducido y compatible con el entorno natural.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n.º 165, 26 de agosto de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062182, expediente IA25/1977).