BOP de Sevilla · 19 Oct 2026 · 1 vistas
Luz verde a la expropiación de terrenos para la línea eléctrica de Salteras
Por FactBox Admin

La Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla ha concedido la autorización administrativa previa y de construcción y ha declarado en concreto la utilidad pública de la línea aérea de media tensión a 15(20) kV desde la subestación eléctrica «Salteras» hasta el entronque de la urbanización «Casagrande», en el término municipal de Salteras. La resolución, firmada el 23 de septiembre de 2026 por el delegado territorial Antonio José Ramírez Sierra, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) número 202, de lunes 19 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-SE-2026-202015. La declaración de utilidad pública habilita la expropiación forzosa de los terrenos y derechos necesarios e implica la urgente ocupación de los mismos.
El expediente, tramitado con el número 287815 y las referencias R.A.T. 113154 y P-8168M, arranca de la solicitud presentada el 23 de marzo de 2021 por EDISTRIBUCION REDES DIGITALES S.L.U., con domicilio en la Avenida de la Borbolla, 5. La compañía justifica la actuación como una nueva línea de distribución —no de evacuación de una planta fotovoltaica— destinada a dotar de más capacidad a la población de Salteras y su entorno y a mejorar la calidad del suministro. El procedimiento se ha sustanciado conforme al Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Características técnicas y presupuesto
La instalación autorizada combina tres tramos con origen y final diferenciados:
- Tramo 1: de las celdas de salida de media tensión de la S.E. «Salteras» al nuevo apoyo número 1, subterráneo de doble circuito, 2 x 0,175 kilómetros.
- Tramo 2: del nuevo apoyo número 1 al apoyo número 18, aéreo de doble circuito, 3,063 kilómetros.
- Tramo 3: del apoyo número 18 al punto de conexión LSMT «Elisa» de la SET «Salteras», 2 x 0,405 kilómetros.
Los conductores son RH5Z1 18/30 kV 3(1x240) mm² Al y 94-AL1/22-ST1A (antes LA-110), con una tensión en servicio de 15(20) kV. El presupuesto de ejecución asciende a 185.619,72 euros.
Información pública y una alegación
El expediente se sometió a información pública con anuncios en el BOP de la provincia de Sevilla (11 de marzo de 2025), el BOJA (19 de marzo de 2025), el BOE (21 de marzo de 2025) y el diario ABC de Sevilla (17 de marzo de 2025), además del tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salteras, entre el 13 de febrero y el 27 de marzo de 2025. También se dio traslado por plazo de treinta días al Ayuntamiento de Salteras, a la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente (vías pecuarias) y a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, que mostraron conformidad con la documentación.
Durante el periodo de exposición se presentaron alegaciones el 28 de abril de 2025 por parte de Guillermo Quintanilla Tristán, que cuestionaban la necesidad de la expropiación y el impacto ambiental del proyecto. EDISTRIBUCION REDES DIGITALES S.L.U. respondió el 26 de noviembre de 2025 alegando que se trata de una nueva línea de distribución incluida en su plan de inversión 2021-2026 y que cuenta con la calificación ambiental favorable otorgada por el Ayuntamiento de Salteras el 21 de junio de 2024.
Urgente ocupación y efectos sobre los propietarios
La declaración se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso, e implica la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. EDISTRIBUCION REDES DIGITALES S.L.U. adquiere la condición de beneficiaria del expediente expropiatorio, si bien el procedimiento no se iniciará mientras no se acredite el pago de las tasas previstas en la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La resolución recuerda que el titular puede convenir libremente con los propietarios la adquisición por mutuo acuerdo, lo que pondría fin al expediente, y exige aportar antes del levantamiento de actas previas una relación que concrete los bienes estrictamente indispensables. El plazo de puesta en marcha es de dos años desde el día siguiente a la notificación.
Recursos
Contra la autorización administrativa previa y de construcción, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el consejero de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes. Frente a la declaración de utilidad pública, que sí agota la vía administrativa, procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, también en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.
La publicación de esta resolución abre la vía para que los propietarios de las parcelas atravesadas por el trazado conozcan la afección y negocien las condiciones de ocupación o servidumbre, al tiempo que despeja la ejecución de una infraestructura eléctrica que la distribuidora vincula a la mejora del suministro en Salteras y su entorno.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, número 202, de 19 de octubre de 2026, Administración Autonómica, págs. 91-97 (referencia oficial: BOP-SE-2026-202015).