FactBox.

BOP de Córdoba · 14 Oct 2026 · 7 vistas

Lucena convoca ayudas de 150 euros al transporte para estudiantes de fuera

Por FactBox Admin

Lucena convoca ayudas de 150 euros al transporte para estudiantes de fuera

El Ayuntamiento de Lucena ha convocado las ayudas al transporte para jóvenes estudiantes del ejercicio 2026, dotadas con 23.700,00 euros y con una cuantía de 150,00 euros por persona solicitante. La convocatoria se publica mediante el extracto de la Resolución de Alcaldía de Lucena de 6 de octubre de 2026, difundido en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 199, de 14 de octubre de 2026, con referencia BOP-A-2026-3473. El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir de la publicación del anuncio en el boletín provincial.

Marco normativo y órgano emisor

La convocatoria se dicta al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y figura inscrita en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador 934673. El texto íntegro puede consultarse en el Tablón de Edictos de la sede electrónica municipal.

Las bases reguladoras son el Texto Refundido de la Ordenanza General reguladora de las Bases de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Lucena, publicada en el BOP de Córdoba número 147, de 31 de julio de 2025. Para lo no previsto se aplican el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal de 2026 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Requisitos de los solicitantes

Podrán ser beneficiarias las personas estudiantes que cumplan:

  • Ser menor de 25 años y estar empadronadas en Lucena con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria.
  • Haber estado matriculadas en el curso 2025/2026 en enseñanzas de régimen presencial que obliguen a desplazarse fuera del término municipal.
  • Que la unidad familiar tenga una renta per cápita igual o inferior al 80% del IPREM (referido a 12 pagas) del año anterior.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 ni tener deudas o sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Lucena.

Se admiten títulos de Grado universitario adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior, ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, y enseñanzas de régimen especial (artísticas, deportivas y Escuelas Oficiales de Idiomas). Quedan excluidos la enseñanza no reglada, el doctorado, los estudios de especialización, los másteres oficiales, los títulos propios, los postgrados del plan anterior al Plan Bolonia y la formación a distancia, incluida la UNED.

También podrán solicitarla quienes residan en las barriadas de Jauja o Navas del Selpillar y hayan cursado esas enseñanzas en el núcleo de Lucena. La documentación exigida incluye el modelo de solicitud, el DNI, el certificado de empadronamiento histórico colectivo, una declaración responsable, el resguardo de matrícula y su pago, la resolución de becario en su caso y el documento acreditativo de titularidad bancaria.

Crédito, cuantía y criterios de adjudicación

Las obligaciones económicas se imputan a la aplicación presupuestaria 331.1523.47200 del vigente Presupuesto Municipal, con una cuantía total máxima de 23.700,00 euros. De acuerdo con el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, se contempla una cuantía adicional de hasta 5.000,00 euros más, cuya aplicación no requerirá nueva convocatoria y quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito.

Si las solicitudes que cumplan los requisitos superan el crédito máximo, se ordenarán atendiendo a la menor renta per cápita de la unidad familiar y, en caso de empate, al orden de registro de entrada. Si se requiere subsanación, el orden atenderá a la fecha en que esta se realice correctamente.

Cierre

La convocatoria refuerza el apoyo municipal a las familias con menos recursos cuyos hijos e hijas deben desplazarse a diario fuera de Lucena para cursar estudios reglados, un gasto recurrente que la ayuda de 150 euros alivia parcialmente. El respaldo presupuestario de 23.700 euros, ampliable en 5.000 más, marca el techo de beneficiarios de esta edición, por lo que el criterio de renta per cápita resultará determinante en la adjudicación.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 199, de 14 de octubre de 2026, sección VI – Administración Local, págs. 14860-14863 (referencia oficial: BOP-A-2026-3473).