Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla · 30 Oct 2026 · 13 vistas
Los perjudicados por el fraude del IPSI pueden personarse en la causa
Por FactBox Admin

El Tribunal de Instancia de Melilla, a través de la Sección Civil y de Instrucción de la Plaza nº 5, ha acordado ofrecer acciones a los posibles perjudicados por el presunto fraude en la recaudación del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) y les emplaza a personarse en la causa. El edicto, firmado por el Letrado de la Administración de Justicia el 24 de agosto de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME) nº 6427, de viernes 30 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOME-A-2026-1216. La causa se sigue por un presunto delito de apropiación indebida derivado de incidencias detectadas en la liquidación y el pago del impuesto.
Una causa abierta desde 2024 por el impuesto no ingresado
Las Diligencias Previas nº 316/2024, tramitadas como procedimiento abreviado, investigan lo ocurrido con el IPSI que abonaron contribuyentes y comercios y que no llegó a la caja de la Ciudad Autónoma. Según el edicto, las empresas investigadas actuaban como colaboradoras en la recaudación del impuesto al que está obligado tributariamente el destinatario de la mercancía, de modo que cobraban el tributo en nombre de la Administración local. Las sociedades señaladas en el procedimiento son:
- Cabo Express S.L
- Melilla Express SL
- Mérida Logística SLU
- Trasferlo S.L
El ofrecimiento de acciones se acuerda de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y se dirige a quienes abonaron el impuesto a esas compañías pero cuyo importe no fue ingresado en la Hacienda municipal. Los afectados deben figurar en alguno de los dos listados que acompañan al edicto, que se extienden desde la página 5336 hasta la 5370 del boletín y que detallan las cantidades abonadas por cada perjudicado.
Qué implica personarse en el procedimiento
El edicto explica que el ofrecimiento permite mostrarse parte en el proceso, ejercitar la acción penal y optar por renunciar o no a la restitución de la cosa, a la reparación del daño y a la indemnización del perjuicio causado. Quien decida personarse deberá hacerlo con Abogado y Procurador y antes del trámite de calificación del delito; si se persona con posterioridad al escrito de acusación, podrá ejercitar la acción penal hasta el inicio del juicio oral adhiriéndose a la acusación del Ministerio Fiscal o del resto de las acusaciones personadas.
No personarse no supone renunciar a la indemnización: el texto advierte de que la renuncia debe hacerse de forma clara y terminante y que, en su defecto, será el Ministerio Fiscal quien ejercite las acciones civiles en nombre de los perjudicados, que además de las cantidades reflejadas en los listados podrán reclamar los daños y perjuicios ocasionados.
Dónde y cómo presentar la reclamación
Los escritos deben presentarse en la Planta 4ª del Edificio V Centenario, Torre Norte, en la Plaza del Mar s/n de Melilla, en horario de atención al público, o a través de los medios telemáticos habilitados (LexNET). La solicitud debe consignar los datos personales o de la empresa, DNI o CIF, domicilio a efectos de notificaciones, dirección electrónica, el número de cuenta bancaria para percibir la indemnización y la cuantificación exacta del importe reclamado. Se acompañarán, además, los siguientes documentos:
- Copia del DNI del afectado o del representante legal de la empresa.
- Justificante de titularidad de la cuenta bancaria indicada.
- Documentos que acrediten el abono del IPSI a alguna de las agencias citadas y, en su caso, el abono posterior a la Ciudad Autónoma si el impuesto se pagó dos veces.
- Documentos que acrediten los daños y perjuicios adicionales ocasionados.
Plazo y publicaciones
El plazo para presentar la reclamación es de un mes contado desde la segunda publicación del edicto en el boletín oficial. El mismo anuncio ya se había insertado en el BOME nº 6420, de 6 de octubre de 2026, en la página 4964, por lo que es esta inserción del 30 de octubre la que marca el inicio del cómputo, que se extiende hasta finales de noviembre de 2026.
El edicto cierra con la relevancia de la convocatoria para el comercio y los contribuyentes de la ciudad: cualquier operador que haya pagado el IPSI a estas cuatro empresas y no figure conforme a su reclamación en los listados dispone ahora de una vía formal para reclamar su dinero y los perjuicios sufridos, mientras la instrucción continúa en el juzgado.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), nº 6427, de 30 de octubre de 2026, sección I (Ministerio de Justicia – Tribunal de Instancia), pág. 5335 (referencia oficial: BOME-A-2026-1216).