BOP de Cáceres · 05 Nov 2026 · 12 vistas
Logrosán somete a información pública el cheque-bebé 2027 y dos tasas
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Logrosán ha aprobado inicialmente la ordenanza reguladora de la subvención Cheque-Bebé para 2027 y dos nuevas ordenanzas fiscales, las de la tasa por estancia y uso de los servicios de la residencia de ancianos y la del pabellón polideportivo cubierto. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0212, correspondiente al jueves 5 de noviembre de 2026, en la Sección I (Administración Local), con referencia oficial BOP-2026-5163 y firma del alcalde-presidente, Julio A. Roldán Masa, en Logrosán a 3 de noviembre de 2026.
Treinta días para alegar en la Secretaría
La publicación del anuncio abre un período de información pública por plazo de 30 días, que se cuentan a partir de la aparición del anuncio en el boletín provincial. Durante ese margen, los interesados pueden examinar los expedientes en la Secretaría del Ayuntamiento y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.
Contando desde la publicación del 5 de noviembre, el plazo se extiende hasta los primeros días de diciembre de 2026. La aprobación inicial no cierra el procedimiento: los textos deberán resolverse después de este trámite de exposición pública antes de quedar definitivamente aprobados.
El anuncio no detalla cuantías, requisitos de acceso ni tarifas concretas, de modo que las condiciones económicas de las tres figuras deberán consultarse en el texto íntegro de cada ordenanza depositado en la Secretaría municipal.
Cheque-Bebé 2027: ayuda directa a las familias
La primera de las normas es la Ordenanza Municipal Reguladora de la Subvención Cheque-Bebé para 2027, una ayuda económica municipal vinculada al nacimiento o adopción de hijos. Su tramitación como ordenanza, y no como convocatoria puntual, sitúa la prestación en el marco estable de la acción social del consistorio.
Al tratarse de una subvención, su aplicación requerirá convocatoria, crédito presupuestario y justificación del gasto por parte de los beneficiarios, conforme al régimen general de ayudas públicas.
Residencia de ancianos y pabellón: dos tasas a revisión
Las otras dos normas son de carácter fiscal y afectan a servicios municipales de uso cotidiano:
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estancia y Uso de los Servicios de la Residencia de Ancianos, que fija el precio público municipal del servicio asistencial.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la utilización del Pabellón Polideportivo Cubierto, que regula el cobro por el uso de la instalación deportiva.
La primera incide en las familias con mayores ingresados en el centro municipal; la segunda afecta a clubes deportivos, entidades locales y usuarios particulares que reservan la pista.
Un presupuesto de 5,77 millones como marco
La tramitación llega con las cuentas recién cerradas: el Ayuntamiento de Logrosán aprobó definitivamente el Presupuesto General de 2026, publicado el 4 de noviembre de 2026 en el boletín número 0211, por un total de 5.776.350,00 euros tanto en gastos como en ingresos. De esa cifra, 1.472.759,00 euros corresponden al capítulo de tasas, precios públicos y otros ingresos, el ámbito que tocan las ordenanzas ahora expuestas.
El consistorio mantiene además activos otros servicios de apoyo a las familias, como el de guardería infantil, cuyo padrón de noviembre de 2026 estuvo expuesto al público por quince días.
La relevancia de este trámite es doble: define cuánto pagarán los usuarios de la residencia y del pabellón el próximo año y con qué reglas se repartirá la ayuda por nacimiento o adopción. Cualquier familia, residente o club interesado en cambiar el contenido de las normas tiene hasta principios de diciembre para presentar alegaciones en la Secretaría del Ayuntamiento de Logrosán; después, la corporación las resolverá y las publicará para su entrada en vigor.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0212, 5 de noviembre de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 24896 (referencia oficial: BOP-2026-5163).