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Boletín Oficial de La Rioja · 03 Nov 2026 · 4 vistas

Logroño aprueba provisionalmente las ordenanzas fiscales y precios públicos de 2027

Por FactBox Admin

Logroño aprueba provisionalmente las ordenanzas fiscales y precios públicos de 2027

El Pleno del Ayuntamiento de Logroño, en sesión extraordinaria celebrada el 2 de noviembre de 2026, acordó la aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas fiscales y de la Ordenanza general de precios públicos para el ejercicio 2027. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 212, de martes 3 de noviembre de 2026, en la sección III de «Otras disposiciones y actos», con la referencia oficial BOR-A-20261103-III–4111. El anuncio abre un plazo de 30 días hábiles para que los interesados examinen el expediente y presenten alegaciones.

Exposición pública y plazo de alegaciones

El expediente se somete a exposición pública por un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, o desde la última de las publicaciones exigidas si esta fuera posterior. Con ello, el Ayuntamiento da cumplimiento a lo dispuesto en el punto 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Durante ese periodo, los interesados podrán consultar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. El anuncio no detalla todavía el contenido concreto de la revisión tributaria ni los importes resultantes para cada figura, que deberán examinarse en la documentación del expediente.

Dónde consultar y cómo reclamar

Los canales habilitados por el Consistorio son los siguientes:

  • Presencialmente, en la Tesorería y Dirección de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Logroño.
  • Telemáticamente, en la página web municipal: http://www.logrono.es.
  • Por escrito, mediante la presentación de las reclamaciones que los interesados consideren oportunas dentro del plazo señalado.

La publicación incluye el número de expediente 202610290125301 y el código seguro de verificación BOR-A-20261103-III–4111, que permiten comprobar la autenticidad del documento en la sede de verificación del Gobierno de La Rioja.

Aprobación definitiva sin nuevo paso por el Pleno

El acuerdo se entenderá aprobado definitivamente, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario, si dentro del periodo de exposición pública no se presentan reclamaciones contra el mismo. Así lo establece el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y lo recoge el propio acuerdo corporativo publicado.

En caso de que se presenten alegaciones, el expediente deberá resolverse de forma expresa antes de la entrada en vigor de la modificación, prevista para el ejercicio 2027. El anuncio aparece firmado por el Secretario General del Pleno, Ángel Medina Martínez, y consta de una página en el boletín, la 18670.

El alcance de la medida es general: las ordenanzas fiscales regulan los tributos municipales y la ordenanza general de precios públicos fija las tarifas de los servicios que presta el Ayuntamiento. Por tanto, la modificación afecta tanto a los contribuyentes sujetos a los tributos locales como a los usuarios de los servicios municipales, que verán actualizadas las cuantías aplicables durante 2027. El plazo de 30 días hábiles es la única ventana prevista para impugnar la propuesta antes de que adquiera carácter definitivo.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 212, de 3 de noviembre de 2026, sección III «Otras disposiciones y actos», pág. 18670 (referencia oficial: BOR-A-20261103-III–4111).