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Boletín Oficial de La Rioja · 04 Nov 2026 · 7 vistas

Logroño abre ayudas de hasta 8.000 euros para accesibilidad en viviendas

Por FactBox Admin

Logroño abre ayudas de hasta 8.000 euros para accesibilidad en viviendas

El Ayuntamiento de Logroño ha convocado subvenciones a fondo perdido para obras de adecuación de la accesibilidad universal en el interior de las viviendas de la ciudad, con un presupuesto máximo de 140.000 euros para el ejercicio 2026. La convocatoria se publica como extracto en el Boletín Oficial de La Rioja número 213, de 4 de noviembre de 2026, sección III, con la referencia oficial BOR-A-20261104-III–4106 y número de expediente 202610290125292. El plazo de solicitudes será de tres meses y comenzará a las 9:00 horas del día siguiente hábil a la publicación del extracto.

La línea de ayudas se ampara en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS: 935742. La norma específica que la regula son las bases aprobadas por el Ayuntamiento Pleno el 3 de agosto de 2023 y publicadas en el Boletín Oficial de La Rioja número 164, de 11 de agosto de 2023, junto con la Ordenanza de Bases Reguladoras municipal, aprobada por acuerdo plenario de 6 de febrero de 2025 y modificada el 4 de febrero de 2026. El documento está firmado por el alcalde, Conrado Escobar Las Heras, con fecha 14 de octubre de 2026.

Quién puede solicitarlo y qué obras se financian

Podrán acceder a las ayudas las personas con grado de discapacidad reconocido y, por asimilación, los mayores de 70 años que residan en el municipio de Logroño y estén empadronados en la vivienda donde se van a ejecutar las obras, así como sus convivientes.

  • Personas con grado de discapacidad reconocido.
  • Mayores de 70 años asimilados a ese supuesto.
  • Convivientes de unos y otros en la misma vivienda.

El ámbito de aplicación son las obras de mejora de la accesibilidad universal y la adaptación funcional en el interior de las viviendas, atendiendo al nivel de limitación funcional de las personas usuarias. Las actuaciones deberán ajustarse a la normativa municipal y a las exigencias básicas del Código Técnico de la Edificación (CTE), y los técnicos de la Oficina de Rehabilitación y Centro Histórico podrán inspeccionar el inmueble antes y después de la obra.

Cuantías, presupuesto y criterios de valoración

La subvención se calcula aplicando un porcentaje al presupuesto protegible de las obras: el porcentaje general es del 50% y el importe máximo es de 8.000 euros por promotor y vivienda en cada anualidad presupuestaria. Quedan al margen del cálculo el IVA y cualquier tasa o licencia, salvo que el impuesto no sea recuperable por el beneficiario.

El crédito habilitado asciende a 140.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 152.20 789.99 del Presupuesto General municipal de 2026. El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva y los criterios de puntuación son:

  • Obras en elementos puntuales de la vivienda (sustitución de bañera por plato de ducha, inodoro adaptado, adaptación de puerta): 1 punto.
  • Obras de una o varias estancias o elementos (baño completo, puertas, ventanas o instalaciones): 2 puntos.
  • Obras de accesibilidad de la vivienda en su conjunto: 3 puntos.

En caso de igualdad de puntuación, las solicitudes se resolverán por orden de entrada hasta agotar el crédito. La concesión definitiva queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Plazos, tramitación y documentación

La Oficina de Rehabilitación y Centro Histórico instruye los expedientes, con un órgano colegiado integrado por dos técnicos de Administración Especial de esa oficina y un técnico de Administración General. La Junta de Gobierno Local es el órgano competente para conceder y ordenar el pago, que se abonará por transferencia bancaria.

El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la publicación de la convocatoria; transcurrido ese plazo sin notificación, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo. Tras el cierre del plazo se publicará el listado de solicitudes recibidas, con diez días hábiles para subsanar documentación.

Los solicitantes deberán presentar el impreso Modelo ADV con el anexo de documentación (Anexo III), e incluir:

  • Copia del NIF del solicitante y, en su caso, del representante.
  • Documento acreditativo del grado de discapacidad.
  • Declaración responsable (Modelo D) y relación de facturas (Modelo R).
  • Facturas desglosadas de los años 2025 y 2026, con justificantes bancarios de pago.
  • Fotografías en color del antes y el después de la intervención.
  • Licencia municipal de obras solicitada y ficha de alta de terceros en la Unidad de Tesorería.

Un precedente con menos fondos

La anterior convocatoria de esta misma línea se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja número 223, de 17 de noviembre de 2025, con un importe de 120.000 euros. Su resolución de concesión definitiva y pago fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el 16 de septiembre de 2026 y publicada en el número 181 del boletín, con solicitudes denegadas por rebasar el crédito disponible o por superar el 100% del coste con otras ayudas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La nueva convocatoria eleva el crédito hasta los 140.000 euros.

La convocatoria amplía la cobertura a un colectivo que hasta ahora encontraba un acceso limitado a la mejora de sus baños, puertas y estancias, y traslada a las familias una parte relevante del coste de unas obras que son determinantes para mantener la autonomía en casa. Con 140.000 euros y un techo de 8.000 euros por vivienda, el Ayuntamiento de Logroño podrá atender como máximo a una veintena larga de expedientes, por lo que el orden de presentación y la puntuación de las obras resultarán decisivos.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 213, de 4 de noviembre de 2026, sección III, pág. 18772 (referencia oficial: BOR-A-20261104-III–4106).