Butlletí Oficial de les Illes Balears · 08 Sep 2026 · 2 vistas
Las Islas Baleares regulan los cursos preparatorios para acceder a los ciclos formativos
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) publica, en el número 112 de 8 de septiembre de 2026, la Orden 25/2026, de 28 de agosto, del conseller de Educación y Universidades, que regula los cursos de formación específicos preparatorios para acceder a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior. La norma, firmada por Antonio Vera Alemany, establece una vía de acceso para las personas que no reúnen los requisitos académicos para entrar directamente en estas enseñanzas de formación profesional.
La orden, que entra en vigor al día siguiente de su publicación, desarrolla lo previsto en los artículos 47 y 49 del Decreto 39/2025, de 1 de agosto, de ordenación de la formación profesional en las Islas Baleares, que habilitan al conseller para regular estos cursos. El texto se fundamenta en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), y en la Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la formación profesional, que obligan a las administraciones educativas a ofrecer estos itinerarios de acuerdo con los principios de accesibilidad, igualdad de trato e igualdad de oportunidades.
Dos cursos, dos niveles de acceso
La norma establece dos tipos de cursos de formación específica, que no conducen a ningún título académico o profesional sino que tienen carácter habilitador para acceder a los ciclos formativos:
- El curso de acceso a CFGM, para acceder a un ciclo formativo de grado medio, con una duración de 378 horas y una carga lectiva semanal de 14 horas.
- El curso de acceso a CFGS, para acceder a un ciclo formativo de grado superior, con una duración de 459 horas y una carga lectiva semanal de 17 horas.
Los cursos se pueden impartir en régimen de presencialidad o de semipresencialidad, y en este último caso las horas a distancia no pueden superar el 50 % del total. Los centros autorizados deben ofrecer obligatoriamente todos los módulos de la parte común y, como mínimo, dos de los módulos de la parte específica.
Contenidos y destinatarios
El curso de acceso a CFGM se organiza en cuatro módulos de competencia: comunicativa en lengua castellana, comunicativa en lengua catalana, matemática y digital, además de la tutoría y la orientación académica y profesional. El curso de acceso a CFGS añade una parte común con competencia clave plurilingüe en lengua inglesa y una parte específica que se debe elegir entre tres módulos:
- Competencia clave en Sociedad y Emprendimiento
- Competencia clave en Ciencias
- Competencia clave en Tecnología e Ingeniería
En cuanto a los destinatarios, pueden acceder las personas que no cumplan ninguno de los requisitos académicos de acceso y que tengan, como mínimo, 17 años dentro del año natural de inicio del curso de acceso a CFGM, o 19 años en el caso del curso de acceso a CFGS. La ratio de alumnos por grupo es, con carácter general, de un mínimo de 10 y un máximo de 30, aunque se puede rebajar a 6 en centros ubicados en contextos territoriales o demográficos específicos.
Efectos y evaluación
La superación del curso de acceso a CFGM o a CFGS permite el acceso directo, sin necesidad de prueba, a cualquier ciclo formativo de grado medio o superior, respectivamente, sin perjuicio del procedimiento de admisión y del régimen de concurrencia competitiva. Además, la superación total o parcial conlleva la exención, total o parcial y con validez a nivel estatal, de la prueba de acceso correspondiente.
La evaluación es formativa, continua e integradora, y la calificación de cada módulo se formaliza en términos de superado o no superado con una nota numérica entre 1 y 10. El curso se considera apto cuando el alumno obtiene una calificación final de 5 o superior, y quien no lo supere puede volver a matricularse una segunda vez, conservando las calificaciones de los módulos superados.
La norma, que se ha sometido a los trámites de audiencia e información públicas, supone un paso adelante para garantizar que miles de alumnos de las Islas Baleares que no tienen los requisitos académicos directos puedan continuar su formación profesional y mejorar su cualificación e inserción laboral.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 112, 8 de setembre de 2026, Secció I. Disposicions generals, pàg. 48598 (referencia oficial: Ordre 25/2026, de 28 d’agost, del conseller d’Educació i Universitats).