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Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana · 19 Sep 2026 · 5 vistas

Ley 163/2026: un millón de euros para las oficinas judiciales de Bolzano

Por FactBox Admin

Legge 163/2026: un milione di euro per gli uffici giudiziari di Bolzano

La conversión en ley del decreto-ley 23 de julio de 2026, n. 127 se publica en la Gazzetta Ufficiale, Serie general n. 218 del 19 de septiembre de 2026: la ley 17 de septiembre de 2026, n. 163 asigna un millón de euros para 2026 y suspende los plazos de los procedimientos civiles y penales de Bolzano hasta el 30 de septiembre de 2026. La medida interviene tras el derrumbe parcial del inmueble que alberga las oficinas judiciales de la capital del Alto Adige y afecta a las causas civiles y penales tramitadas en el distrito.

Del decreto a la ley: iter y referencias oficiales

El texto de conversión se publica en la página 1 de la Serie general con el código 26G00180; el decreto-ley coordinado con la ley de conversión se publica en la misma Gaceta en la página 19 con el código 26A04941. El decreto-ley había sido publicado en la Gazzetta Ufficiale, Serie general n. 169 del 23 de julio de 2026.

Los trabajos preparatorios:

  • Cámara de Diputados, acto n. 3043, presentado el 23 de julio de 2026 por la Presidenta del Consejo Giorgia Meloni y el Ministro de Justicia Carlo Nordio, aprobado en el Pleno el 9 de septiembre de 2026;
  • Senado de la República, acto n. 2027, aprobado definitivamente el 15 de septiembre de 2026;
  • ley promulgada por el Presidente de la República Sergio Mattarella el 17 de septiembre de 2026, con el visto del Guardasigilli Nordio.

Las modificaciones introducidas durante la conversión tienen efecto desde el día siguiente a su publicación; la ley entra en vigor el día siguiente al de su publicación.

La suspensión de los plazos procesales

El artículo 1 del decreto-ley coordinado prevé que las vistas de los procedimientos civiles y penales fijadas entre el 16 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026 ante el tribunal de Bolzano sean aplazadas de oficio a una fecha posterior al 30 de septiembre de 2026, salvo aquellas ya celebradas regularmente. En el mismo periodo se suspende el cómputo de los plazos para la realización de cualquier acto de los procedimientos pendientes ante el tribunal y la fiscalía de la República de Bolzano: actos introductorios del juicio y de los procedimientos ejecutivos, impugnaciones, duración de la fase de investigaciones preliminares y, en general, todos los plazos procesales.

La suspensión no opera en una serie de casos:

  • causas relativas a los derechos de las personas menores de edad, pensión alimenticia, alimentos y pensión compensatoria por divorcio;
  • procedimientos cautelares, de tutela, administración de apoyo, interdicción e incapacitación;
  • procedimientos referidos al artículo 35 de la ley 23 de diciembre de 1978, n. 833 y al artículo 12 de la ley 22 de mayo de 1978, n. 194;
  • órdenes de protección contra el abuso familiar y procedimientos referidos a los artículos 283, 351 y 373 del código de procedimiento civil;
  • procedimientos electorales referidos a los artículos 22, 23 y 24 del decreto legislativo 1 de septiembre de 2011, n. 150;
  • todos los procedimientos cuya tramitación tardía pueda producir un grave perjuicio a las partes.

La suspensión de los plazos de las investigaciones preliminares no opera para los delitos de criminalidad organizada y terrorismo; en los procedimientos penales también quedan suspendidos el curso de la prescripción y los plazos previstos en los artículos 303 y 308 del código de procedimiento penal. Las disposiciones se aplican en derogación de los artículos 1, 2, 2-bis, 3 y 4 de la ley 7 de octubre de 1969, n. 742.

Un millón de euros para sedes temporales y seguridad informática

El artículo 1-bis autoriza el gasto de un millón de euros para el año 2026 para asegurar la continuidad de la función jurisdiccional y de los servicios administrativos. Las destinaciones:

  • restauración de las infraestructuras de red y de seguridad informática;
  • adquisición de puestos de trabajo físicos y virtuales;
  • instalación de sistemas de multivideoconferencia;
  • servicios profesionales especializados;
  • equipamiento tecnológico de las sedes temporales.

En razón de la situación de urgencia excepcional, el Ministerio de Justicia puede adquirir los bienes y servicios necesarios mediante los procedimientos de urgencia extrema del artículo 140 del código de contratos públicos, contenido en el decreto legislativo 31 de marzo de 2023, n. 36, también para las intervenciones iniciadas a partir del 16 de julio de 2026. Los costes, equivalentes a un millón de euros para 2026, se cubren mediante la reducción del Fondo al que se refiere el artículo 1, apartado 200, de la ley 23 de diciembre de 2014, n. 190; el artículo 2 prevé la cláusula de invarianza financiera.

Para quienes operan en el distrito de Bolzano, la norma significa aplazamientos automáticos de las audiencias y un calendario procesal comprimido entre octubre y la reanudación de la actividad; para las oficinas judiciales, un millón de euros para poner en funcionamiento sedes temporales y sistemas informáticos antes de finales de 2026.

Fuente: Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, Serie generale n. 218 del 19 de septiembre de 2026 — ley 17 de septiembre de 2026, n. 163, pág. 1 (26G00180); texto del decreto-ley 23 de julio de 2026, n. 127 coordinado con la ley de conversión, pág. 19 (26A04941).