BOP de Cuenca · 07 Sep 2026 · 1 vistas
Ledaña aprueba crédito extraordinario de 23.000 euros para parques y servicios
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ledaña ha aprobado definitivamente la modificación presupuestaria nº 7/2026, en la modalidad de crédito extraordinario, por un importe total de 23.000 euros. El acuerdo, adoptado al no haberse presentado alegaciones durante el trámite de exposición pública, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca número 103, de 7 de septiembre de 2026, página 20, bajo el número 2106.
La decisión se enmarca en lo dispuesto en el artículo 169, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El anuncio, firmado por la alcaldesa-presidenta María Clara Plaza Giménez, se difunde para general conocimiento de la ciudadanía.
Destino del crédito extraordinario
Los 23.000 euros se reparten entre tres aplicaciones de gasto, todas ellas destinadas a inversiones de reposición y mejora de servicios municipales:
- Parques y jardines (programa 171, económica 619): 14.500 euros para otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
- Asistencia social primaria (programa 231, económica 623): 7.500 euros para maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.
- Instalaciones deportivas (programa 342, económica 623): 1.000 euros para maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje.
Financiación mediante bajas de otras partidas
El crédito extraordinario se financia íntegramente con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones de gasto, por el mismo importe de 23.000 euros:
- Otras infraestructuras (programa 459, económica 619): 1.000 euros en inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
- Funcionamiento de centros docentes de enseñanza preescolar y primaria y educación especial (programa 323, económica 619): 22.000 euros en inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
De este modo, la operación resulta presupuestariamente neutra, sin incremento neto del gasto total del consistorio.
Plazo de recurso
Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del anuncio, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, según el artículo 171.3 del Texto Refundido de las Haciendas Locales, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado.
La aprobación de este crédito extraordinario permite a Ledaña atender necesidades de reposición en parques, servicios sociales e instalaciones deportivas sin recurrir a nuevo endeudamiento, reordenando partidas ya consignadas. La publicación en el boletín oficial otorga publicidad y seguridad jurídica al acuerdo, que queda firme al no haberse formulado alegaciones.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 103, 7 de septiembre de 2026, pág. 20 (referencia oficial: núm. 2106).