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Moniteur Belge · 20 Oct 2026 · 5 vistas

El salario mínimo sectorial de las profesiones liberales pasa a ser obligatorio en Bélgica

Por FactBox Admin

Le salaire minimum sectoriel des professions libérales devient obligatoire en Belgique

Un real decreto del 8 de octubre de 2026 hace obligatorio el convenio colectivo de trabajo del 15 de diciembre de 2025, que establece un salario mensual mínimo sectorial para los asalariados de las profesiones liberales. Firmado por el Rey Philippe y refrendado por el ministro de Empleo D. Clarinval, el texto se publica en el Moniteur belge n° 239 del 20 de octubre de 2026, página 56600, bajo la referencia oficial 2026/201589.

El decreto se basa en la ley del 5 de diciembre de 1968 sobre los convenios colectivos de trabajo y las comisiones paritarias, en particular en su artículo 28, y responde a la solicitud de la Comisión Paritaria para las Profesiones Liberales (CP 336). El convenio, incluido como anexo al dispositivo, fue registrado el 16 de enero de 2026 bajo el número 197223/CO/336. Este sustituye, a partir del 1 de enero de 2026, al convenio colectivo del 27 de septiembre de 2023 relativo a los ingresos mensuales mínimos (número de registro 183459/CO/336).

Un suelo de 2 049 euros brutos al mes

El artículo 3 del convenio garantiza al trabajador a tiempo completo un salario mensual mínimo sectorial de 2 049 EUR brutos, cantidad fijada al 1 de enero de 2024. Este suelo no se limita al salario base: incluye también las ventajas valorables en dinero y las primas concedidas durante el mes por las prestaciones ordinarias a tiempo completo.

La cantidad no es fija. Sigue la evolución del índice de salud suavizado según las modalidades de la ley del 2 de agosto de 1971 y permanece vinculada al índice vigente al 1 de enero de 2024. En caso de concurrencia entre una indexación y otro aumento salarial, se aplicará primero la adaptación vinculada al índice de salud suavizado.

Entrada en la profesión y estatutos particulares

El texto distingue varias categorías de trabajadores, con porcentajes derogatorios:

  • 103 % del salario mensual mínimo sectorial para el profesional liberal que ingresa en la profesión como asalariado, es decir, el mínimo de entrada;
  • 95 % de la misma cantidad para el trabajador vinculado por un contrato de trabajo estudiantil o inscrito en un régimen de formación dual;
  • la cantidad de referencia completa para el trabajador a tiempo completo que ocupa una función ordinaria.

El convenio define al «profesional liberal» como cualquier trabajador cuya actividad consista principalmente en realizar, de manera independiente y bajo su propia responsabilidad, prestaciones intelectuales que requieran una formación previa y permanente, y que esté sujeto a una deontología cuyo cumplimiento pueda ser impuesto por una institución disciplinaria designada por la ley.

Ámbito de aplicación y exclusiones

El convenio se aplica a los empleadores y a los trabajadores que dependan de la competencia de la CP 336. Se prevé una sola exclusión: las personas empleadas en una empresa familiar donde habitualmente solo trabajen parientes, afines o pupilos, bajo la autoridad exclusiva del padre, la madre o el tutor.

Duración, denuncia y alcance

El convenio se celebra por una duración indeterminada, con una fecha de entrada en vigor fijada al 1 de enero de 2026. Puede ser denunciado por cualquiera de las partes mediante un preaviso de seis meses, enviado por correo certificado al presidente de la CP 336, así como a cada una de las organizaciones signatarias.

Para los empleadores del sector, la orden transforma una norma negociada en una obligación general: el suelo de 2 049 euros, indexado, se impone a partir de ahora a todas las empresas pertenecientes a la CP 336, incluidas aquellas que no eran parte del convenio. Los asalariados afectados pueden acogerse a ello directamente, y las tablas internas inferiores a este umbral deberán alinearse, constituyendo además el mínimo de entrada al 103 % una ventaja específica para los jóvenes profesionales liberales.

Fuente oficial: Moniteur belge n° 239 del 20 de octubre de 2026, p. 56600, orden real del 8 de octubre de 2026 que hace obligatorio el convenio colectivo de trabajo del 15 de diciembre de 2025 de la Comisión Paritaria para las profesiones liberales, referencia 2026/201589.