BOP de León · 06 Nov 2026 · 6 vistas
León requiere a 120 jóvenes de vivienda rural que corrijan su solicitud
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de León ha publicado un requerimiento colectivo que obliga a 120 solicitantes de las subvenciones destinadas a financiar el acceso a la vivienda rural de los jóvenes leoneses del ejercicio 2025 a corregir la documentación presentada. Quienes no registren la subsanación en el plazo de diez días serán tenidos por desistidos de su solicitud y perderán la ayuda. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León núm. 211, de 6 de noviembre de 2026, con la referencia oficial BOP-LE-2026-211003.
El requerimiento lo firma el 5 de noviembre de 2026 la diputada delegada de Juventud y Deportes, Patricia Martínez Caño, en ejercicio de las competencias conferidas por delegación de la Presidencia mediante la resolución nº 10.355/2023, de 13 de septiembre, y se tramita bajo el expediente 1437343K desde la Secretaría del órgano colegiado de Juventud.
La difusión del anuncio se ajusta a la base decimoquinta de la convocatoria y a los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: la notificación colectiva se practica mediante su publicación en el boletín provincial y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Diputación (https://sede.dipuleon.es/).
Ciento veinte expedientes repartidos en tres líneas
El listado adjunto al anuncio identifica a los afectados por nombre y apellidos, con el DNI parcialmente oculto, y los agrupa en tres líneas de la convocatoria:
- Línea 1: 91 solicitantes requeridos.
- Línea 2: 9 solicitantes requeridos.
- Línea 3: 20 solicitantes requeridos.
Junto a cada nombre figura un cuadro de códigos que indica exactamente qué documento debe aportarse o mejorarse. La revisión se ha practicado sobre la documentación presentada con la solicitud, conforme a la base octava de la convocatoria.
Qué papeles debe aportar cada solicitante
El cuadro de códigos que acompaña a los listados distingue entre formularios, identificaciones y acreditaciones:
- Anexos: A1 (Anexo I), A2 (Anexo II), A4 (Anexo IV), A5 (Anexo V, memoria económica de la cuenta justificativa con facturas e ingreso bancario) y A6 (Anexo VI).
- Documentación personal y económica: B1 DNI, B2 certificado colectivo del padrón, B3 última declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar —o certificado de imputaciones o certificación negativa, con nóminas y otros ingresos hasta alcanzar el mínimo de 6.000 €—, B4 libro de familia, B5 justificante de desempleo y B6 certificado de discapacidad o dependencia.
- Línea 1: L1.A.1 título de propiedad o escritura de adquisición de la vivienda o parcela, L1.A.2 escritura del préstamo hipotecario o póliza bancaria, L1.E.1 contrato con la dirección facultativa, L1.E.2 licencia urbanística, L1.1 justificantes de transferencias de cuotas, L1.2 factura de la dirección facultativa, L1.3 tasación, L1.4 gastos notariales y registrales y L1.5 pago de tasas e ICIO.
- Línea 2: L2.R.1 título de propiedad o nota simple registral, L2.R.3 licencia o declaración responsable de obra, y facturas y justificantes L2.1 a L2.5.
- Línea 3: L3.Al.1 contrato de alquiler, L3.Al.2 justificantes de las mensualidades y L3.Al.3 cuotas de comunidad e IBI.
El propio cuadro advierte de que la ausencia de la documentación económica del código B3 implicará la desestimación de la solicitud, al no poder determinarse el nivel de renta de la unidad familiar.
Diez días y riesgo de perder la subvención
El plazo para registrar la instancia es de diez días contados desde el día siguiente al de la publicación del requerimiento colectivo. La consecuencia de no atenderlo es explícita en el anuncio: el solicitante se tendrá por desistido de su petición, en los términos del artículo 68.1 de la Ley 39/2015.
El documento añade una circunstancia que puede ampliar la documentación exigida: ante la inviabilidad de obtener la autorización necesaria para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos (PID) por falta de respuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de España, puede requerirse la aportación de documentos para los que el solicitante ya había autorizado el acceso.
Para resolver dudas, la Diputación habilita el Servicio de Juventud en el teléfono 987 292 100, extensiones 1377 y 1381, y en el correo electrónico formacion.juventud@dipuleon.es.
Un trámite decisivo para los jóvenes del medio rural
El requerimiento afecta a un centenar largo de expedientes que ya habían solicitado la ayuda y que ahora tienen en juego su continuidad. La advertencia de desistimiento, unida a la exigencia de acreditar rentas y justificantes bancarios de obra o alquiler, convierte este plazo de diez días en el punto crítico de la convocatoria de 2025: cualquier documento sin aportar deja la subvención sin efecto.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 211, 6 de noviembre de 2026, Sección I. Administración Local, págs. 7-10 (referencia oficial: BOP-LE-2026-211003).