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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 04 Sep 2026 · 1 vistas

Álava publica el convenio colectivo de Voestalpine Railway Systems para 2026-2028

Por FactBox Admin

El Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), en su número 101 del viernes 4 de septiembre de 2026, publica la resolución por la que se inscribe y publica el convenio colectivo y pacto social de la empresa Voestalpine Railway Systems Jez SL para los años 2026, 2027 y 2028. La resolución, firmada el 24 de julio de 2026 en Vitoria-Gasteiz por el delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava, Ibon López Aldaz, corresponde al Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco y lleva el código de convenio 01100161012013.

El texto, suscrito por la representación empresarial y la representación social en la mesa negociadora, se aplica exclusivamente al centro de trabajo de Llodio y regula las condiciones de cientos de trabajadores del sector ferroviario. La competencia para su registro se ampara en el artículo 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 18.2.g del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre.

Jornada y salarios

El convenio fija una jornada anual de 1.680 horas efectivas durante toda su vigencia, con un máximo de 9 horas diarias y 40 horas semanales, y establece un bolsín de hasta 32 horas anuales para atender emergencias o picos de producción. Las vacaciones serán de 30 días naturales (21 laborables), con bonificaciones de 350 y 250 euros según el mes de disfrute.

En materia retributiva, las tablas salariales de 2026 incorporan un incremento del 3,5 por ciento sobre 2025. Para 2027 y 2028, los salarios subirán el IPC real de la CAPV del año anterior más un punto porcentual, con un tope del 5,5 por ciento anual y un límite acumulado del 14,5 por ciento sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025.

  • Grupos salariales: B.2, B.3, B.4, B.5, C.1, C.2, C.3, C.4 y C.5.
  • Total anual garantizado sin antigüedad en 2026: de 34.388,69 euros (grupo B.2) a 51.353,99 euros (grupo C.5).
  • Plus de nocturnidad: 30,00 euros por noche completa.
  • Plus de antigüedad: 5 por ciento del salario base por quinquenio.

Protección social y conciliación

El convenio refuerza las prestaciones sociales con un seguro colectivo de vida y accidentes, complementos de incapacidad temporal de hasta el 75 por ciento de la base reguladora por enfermedad y del 91 por ciento por accidente, y una paga extraordinaria sobre resultados equivalente al 12,5 por ciento de los beneficios netos. También contempla ayudas a estudios, un fondo anual de 5.000 euros para hijos con necesidades especiales y una cláusula de jubilación obligatoria a los 68 años ligada al relevo generacional.

En conciliación, se recogen licencias retribuidas, excedencias por cuidado de hijos y una excedencia voluntaria especial de hasta un mes en periodo estival para el cuidado de menores de 8 años. La empresa se compromete además a suscribir contratos de relevo para la jubilación parcial en la industria manufacturera.

Vigencia y resolución de conflictos

El convenio se considerará denunciado automáticamente dos meses antes de su finalización y se prorrogará de forma indefinida en las disposiciones sin vigencia determinada hasta un nuevo acuerdo. Se crea una comisión paritaria de vigilancia como órgano de interpretación, y los conflictos colectivos quedarán sometidos al procedimiento de solución extrajudicial de la Comunidad Autónoma Vasca (PRECO). En lo no previsto, será de aplicación el Convenio Provincial de la Industria Siderometalúrgica de Álava y el Estatuto de los Trabajadores.

La publicación en el BOTHA otorga eficacia normativa al acuerdo y garantiza su aplicación a toda la plantilla del centro de Llodio, un referente industrial del sector ferroviario en el territorio histórico de Álava.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, núm. 101, 4 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026-02495).