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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 28 Oct 2026 · 1 vistas

Álava insta a revisar la prohibición de patinetes eléctricos en Alavabus

Por FactBox Admin

Álava insta a revisar la prohibición de patinetes eléctricos en Alavabus

Las Juntas Generales de Álava han aprobado una moción que insta a las autoridades competentes a reconsiderar la prohibición de transportar patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VPL) en los autobuses de Alavabus. El acuerdo lo adoptó la Comisión de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias en su reunión del 16 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava número 124, de 28 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026-03013.

El texto difundido es la Moción 73/2026, de 16 de octubre, cuyo enunciado se refiere expresamente a «la derogación de la prohibición del transporte de los patinetes eléctricos y otros VPL en los autobuses de Alavabus». La iniciativa llega al boletín foral doce días después de su aprobación en comisión y lleva la firma de la Presidenta de la Cámara, Irma Basterra Ugarriza, con fecha en Vitoria-Gasteiz el 16 de octubre de 2026.

Qué pide exactamente el acuerdo

El mandato aprobado no ordena una derogación inmediata, sino que activa un análisis coordinado para volver a abrir el debate sobre el acceso de estos vehículos al transporte público. En concreto, el acuerdo dispone:

  • Instar a las autoridades competentes a analizar «de manera coordinada» en el seno de la Autoridad del Transporte de Euskadi las novedades normativas referentes al uso de patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal.
  • Hacerlo «con el fin de reconsiderar la prohibición de acceso de estos vehículos a los diferentes modos de transporte público del País Vasco».
  • Trasladar el debate del ámbito estrictamente foral al conjunto del sistema de transporte público de la comunidad autónoma.

La moción no identifica en su texto la norma concreta que estableció el veto ni la fecha en que entró en vigor, ni fija un plazo para que el análisis se complete. Tampoco cuantifica el número de personas usuarias afectadas por la restricción en la red foral de autobuses.

Quién decide y en qué marco

El pronunciamiento corresponde a la Comisión de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias de las Juntas Generales de Álava, el órgano parlamentario foral que debate las políticas de transporte del Territorio Histórico. La ejecución del mandato queda, sin embargo, en manos de otras instancias:

  • La Autoridad del Transporte de Euskadi, como espacio donde debería coordinarse el análisis normativo entre administraciones.
  • Las autoridades competentes en materia de transporte público del País Vasco, a las que la Cámara se dirige formalmente.
  • La propia Diputación Foral de Álava, titular de la red Alavabus, cuya normativa de uso es la que establece las condiciones de acceso de viajeros y equipajes a los autobuses interurbanos.

Al tratarse de una moción, el acuerdo tiene carácter de pronunciamiento e impulso político, no de norma jurídica directamente aplicable: la prohibición seguirá vigente mientras la autoridad competente no modifique la regulación correspondiente.

Un boletín con cuatro mociones

La publicación de la Moción 73/2026 coincide en el mismo número del boletín con otras tres iniciativas de la Cámara foral aprobadas en los días previos:

  • Moción 70/2026, de 14 de octubre, de apoyo al IV Convenio Colectivo de Intervención Social de Álava.
  • Moción 71/2026, de 14 de octubre, sobre la recogida de residuos domésticos con amianto a domicilio, que encarga a la Diputación un estudio en el plazo de tres meses.
  • Moción 72/2026, de 15 de octubre, relativa a la Oferta Pública de Empleo para ampliar la plantilla de bomberos y bomberas.

El bloque de mociones abre el número 124 del boletín, correspondiente al miércoles 28 de octubre de 2026, dentro de la sección I, dedicada a las Juntas Generales de Álava y a la Administración Foral del Territorio Histórico.

Por qué importa

El acuerdo abre una vía formal para revisar una restricción que afecta al día a día de quienes combinan el patinete eléctrico con el autobús interurbano en Álava, y lo hace situando la discusión en el marco vasco del transporte público en lugar del estrictamente foral. El resultado dependerá de si el análisis en la Autoridad del Transporte de Euskadi se traduce en una propuesta normativa concreta y de si la Diputación Foral modifica, en consecuencia, las condiciones de acceso a Alavabus; hasta entonces, el veto al transporte de VPL en los autobuses de la red foral se mantiene.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, núm. 124, de 28 de octubre de 2026, sección I (Juntas Generales de Álava), pág. 1 (referencia oficial: 2026-03013).