Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 07 Oct 2026 · 26 vistas
Álava declara ejecutorio el Plan General de Baños de Ebro
Por FactBox Admin

La Diputación Foral de Álava ha declarado ejecutorio el Plan General de Ordenación Urbana de Baños de Ebro mediante la Orden Foral 464/2026, de 1 de octubre, publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) del miércoles 7 de octubre de 2026, número 115. La resolución da por cumplidas las condiciones que la Orden Foral 204/2026, de 16 de abril, había impuesto a la aprobación definitiva del expediente y ordena su depósito y publicación. Con ello se cierra la tramitación del planeamiento urbanístico del municipio y se habilita su entrada en vigor.
La Orden Foral 204/2026 aprobó definitivamente con condiciones el expediente y, al considerar que esas condiciones no eran sustanciales, estableció que una vez subsanadas se elevase el expediente a la diputación foral sin someterlo a un nuevo trámite de información pública, con el fin de declarar su ejecutoriedad y proceder a su diligenciación y publicación. El 10 de septiembre de 2026 tuvo entrada en el registro de la diputación el documento de texto refundido que forma parte del expediente. La resolución la firma la diputada de Equilibrio Territorial y Ordenación del Territorio, Laura Pérez Borinaga, al amparo del Decreto Foral 152/2023, de 30 de junio, que determina los departamentos de la Diputación Foral de Álava para la legislatura 2023-2027.
La aprobación definitiva quedó inscrita en el registro administrativo del planeamiento urbanístico de Álava el 1 de octubre de 2026, con el número de registro 2026/9. El BOTHA publica la resolución junto con la normativa urbanística y el extracto ambiental del Plan, un conjunto de 372 páginas.
Un modelo urbano contenido, sin nuevo suelo urbanizable
El Plan revisa las Normas Subsidiarias que el municipio venía aplicando desde 2004 y las adapta a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco y al planeamiento territorial aprobado en las dos últimas décadas. Baños de Ebro ocupa 951 hectáreas en el extremo sur de la Rioja Alavesa, cuenta con un único núcleo de población y ronda los 310 habitantes; el viñedo ocupa cerca del 75 % de la superficie cultivada.
Frente a las Normas de 2004, que clasificaron suelo urbanizable residencial e industrial nunca desarrollado, el nuevo Plan no clasifica ningún suelo urbanizable y concentra el crecimiento dentro del núcleo. Las cifras clave son:
- 24 nuevas viviendas, en línea con la cuantificación máxima de las Directrices de Ordenación Territorial.
- Diez ámbitos de ordenación y trece actuaciones integradas de pequeña escala.
- Seis viviendas nuevas construidas en la última década, dato que motivó el cambio de rumbo.
- Catorce bodegas censadas, con el uso de bodega compatible en todo el suelo urbano y un nuevo ámbito industrial al norte del núcleo.
Condiciones ambientales y patrimoniales
El Plan incorpora las determinaciones de la declaración ambiental estratégica, formulada por la Orden Foral 133/2025, de 6 de mayo, y las condiciones vinculantes de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco. Entre las decisiones concretas figuran la desclasificación del sector urbanizable residencial SUR-1, al suroeste del núcleo, y la reducción de los suelos de actividad económica más próximos al río Ebro.
- La ZEC Río Ebro (ES2110008), declarada por el Decreto 35/2015, de 17 de marzo, se protege como condicionante superpuesto de espacios naturales protegidos.
- Se recogen como condicionantes de infraestructura verde el paisaje sobresaliente de La Pobeda y las zonas húmedas de las balsas de Las Mugas y El Portillo.
- Se incorporan los estudios hidráulicos del río Herrera y del arroyo Salado, con las líneas de inundabilidad de 10, 100 y 500 años.
- La normativa de protección cataloga los bienes culturales del municipio, incluidos los conjuntos de bodegas-calados de la Rioja Alavesa.
Plazos y vía de recurso
La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El Plan General será de aplicación en la totalidad del término municipal desde su entrada en vigor y su vigencia se mantendrá indefinidamente mientras no sea revisado, sin perjuicio de sus eventuales modificaciones.
El cierre de la tramitación da a Baños de Ebro un instrumento urbanístico actualizado tras más de dos décadas de vigencia de las Normas Subsidiarias, con un modelo de crecimiento ajustado a su demanda real y con la protección del viñedo, del río Ebro y del patrimonio vitivinícola como ejes de la ordenación.
Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 115, de 7 de octubre de 2026, sección I, pág. 1 (referencia oficial: 2026-02839).