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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 23 Sep 2026 · 3 vistas

Álava concede 760.000 euros para rehabilitar viviendas de emancipación juvenil

Por FactBox Admin

Álava concede 760.000 euros para rehabilitar viviendas de emancipación juvenil

El Consejo de Gobierno Foral de Álava ha resuelto la línea de subvenciones destinada a la rehabilitación de viviendas y alojamientos dotacionales para ayudar a la emancipación juvenil en régimen de alquiler, con una concesión total de 760.000,00 euros. La decisión se formaliza en el Acuerdo 564/2026, de 8 de septiembre, del Consejo de Gobierno Foral, publicado en el BOTHA número 109, del miércoles 23 de septiembre de 2026, con referencia oficial 2026-02672. La resolución agota así la convocatoria de 2026 de este programa, impulsado por el Departamento de Equilibrio Territorial y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Álava.

El marco normativo de la convocatoria

Las bases generales de estas ayudas se aprobaron mediante el Decreto Foral 12/2026, de 31 de marzo, del Consejo de Gobierno Foral, publicado en el BOTHA número 40, del miércoles 8 de abril de 2026. La convocatoria de 2026 se aprobó después mediante el Acuerdo 242/2026, de 21 de abril, del Consejo de Gobierno Foral, y se publicó en el BOTHA número 49, del miércoles 29 de abril de 2026.

La convocatoria contempla tres líneas subvencionables: la adquisición de viviendas para alquiler social y/o protegido con intermediación pública; la rehabilitación de viviendas y alojamientos dotacionales para la emancipación juvenil en alquiler; y la rehabilitación de viviendas para alquiler social y/o protegido. La resolución ahora publicada corresponde a la segunda de ellas, la identificada con la letra b), que en el caso de los alojamientos dotacionales se limita a inmuebles cuyo uso sea distinto al residencial.

El saldo inicial de la convocatoria para esta línea era de 1.000.000,00 euros y la metodología de concesión es la de concurrencia competitiva. La comisión de valoración examinó las solicitudes y emitió acta con fecha 24 de julio de 2026. Al comprobarse que la cantidad a subvencionar era inferior al máximo de la línea, no fue necesario puntuar las solicitudes y pudieron subvencionarse íntegramente todas las admisibles.

Las tres entidades beneficiarias

El Acuerdo 564/2026 concede las ayudas a las entidades detalladas en el anexo II, con los siguientes importes:

  • Ayuntamiento de Salvatierra (NIF P0105700I), expediente 01400002-2026/00001: presupuesto subvencionable de 1.318.644,00 euros, porcentaje del 50 por ciento y subvención de 520.000,00 euros.
  • Junta Administrativa de Korres (NIF P0100046B), expediente 01400002-2026/00003: presupuesto subvencionable de 119.448,00 euros, porcentaje del 90 por ciento y subvención de 96.000,00 euros.
  • Ayuntamiento de Valdegovía (NIF P0106300G), expediente 01400002-2026/00005: presupuesto subvencionable de 216.012,00 euros, porcentaje del 75 por ciento y subvención de 144.000,00 euros.

Una solicitud rechazada

El acuerdo también rechaza las solicitudes recogidas en el anexo III. En este caso se trata de una única petición:

  • Junta Administrativa de Peñacerrada (NIF P0100199I), expediente 01400002-2026/00004, descartada porque no solicitó en plazo la licencia municipal de obras.

Pagos, plazos y justificación del gasto

Los pagos serán nominativos a favor de cada entidad local beneficiaria y se abonarán de forma fraccionada:

  • Un 50 por ciento del importe total una vez adoptada la resolución de concesión, antes del 31 de diciembre de 2026 y con la licencia de obras o documento equivalente ya aportada.
  • Un 25 por ciento adicional tras la justificación de los gastos y pagos del primer tramo, abono que no se realizará antes del 1 de enero de 2027 y cuya justificación se presentará durante 2027.
  • El 25 por ciento restante una vez justificado el total del gasto.

La rehabilitación de los inmuebles deberá ejecutarse en un plazo de 24 meses desde la publicación de la resolución, y la cuenta justificativa deberá presentarse en el mes siguiente a la finalización de la ejecución. El gasto se contabiliza en la partida “10202.G/920102/76290115 Pacto por el Derecho a la Vivienda” del presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2026.

La resolución es definitiva en vía administrativa. Contra ella puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes. El acuerdo aparece firmado por el Diputado General, Ramiro González Vicente; la Diputada Foral de Equilibrio Territorial y Ordenación del Territorio, Laura Pérez Borinaga; y el Director de Equilibrio Territorial, Javier Gorbeña García.

La resolución cierra el reparto de una línea pensada para que los municipios y juntas administrativas alavesas rehabiliten inmuebles y los destinen a alquiler asequible para jóvenes, un colectivo con especiales dificultades de acceso a la vivienda. Con 760.000 euros comprometidos y 24 meses de margen para ejecutar las obras, el impacto dependerá de la capacidad de las tres entidades beneficiarias para licitar y completar las actuaciones dentro de plazo.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 109, 23 de septiembre de 2026, sección I — Juntas Generales de Álava y Administración Foral del Territorio Histórico de Álava (referencia oficial: 2026-02672).