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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 21 Sep 2026 · 1 vistas

Álava aprueba las bases de ayudas forales para la movilidad sostenible

Por FactBox Admin

Álava aprueba las bases de ayudas forales para la movilidad sostenible

El Consejo de Gobierno Foral de la Diputación Foral de Álava ha aprobado el Decreto Foral 31/2026, de 1 de septiembre, que establece las bases reguladoras generales de las subvenciones en materia de movilidad sostenible. La norma se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 108, de 21 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026-02647, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación. Las ayudas se otorgarán en el ámbito de competencias de la Dirección de Movilidad y Transportes, dependiente del Departamento de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias.

El decreto responde a las líneas estratégicas del Plan de Movilidad Sostenible de Álava 2025-2034, aprobado en un territorio caracterizado por la elevada dispersión de sus asentamientos, el peso de las áreas rurales y la concentración de empleo en núcleos urbanos y polígonos industriales. El texto firmado en Vitoria-Gasteiz el 2 de septiembre de 2026 por el Diputado General, Ramiro González Vicente, y por el Diputado Foral de Movilidad Sostenible e Infraestructuras Viarias, Jon Nogales Prieto, invoca la Norma Foral 11/2016, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Seis líneas de subvención para municipios, cuadrillas y empresas

El programa podrá estructurarse, según cada convocatoria, en las siguientes líneas:

  • Elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) de ámbito municipal o comarcal, promovidos por entidades locales y cuadrillas.
  • Desarrollo e implantación de medidas incluidas en planes de movilidad urbana o comarcal ya aprobados.
  • Elaboración de Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo dirigidos a empresas privadas y grandes centros generadores de empleo.
  • Implantación de medidas de planes de movilidad al trabajo ya redactados por empresas y entidades urbanísticas.
  • Actuaciones específicas en polígonos industriales: soluciones compartidas de transporte, intermodalidad, movilidad activa y reducción del vehículo privado.
  • Cualquier otra línea contemplada en las medidas del Plan de Movilidad Sostenible de Álava 2025-2034.

Serán subvencionables los trabajos de consultoría técnica, los estudios de diagnóstico y participación, las actuaciones piloto, las acciones de coordinación interinstitucional y colaboración público-privada en ámbitos industriales y las campañas de sensibilización. Quedan excluidas las actuaciones sin viabilidad técnica, económica o de mantenimiento y los gastos corrientes no vinculados al proyecto.

Quién puede solicitarlas y con qué límites

Podrán ser entidades beneficiarias:

  • Las entidades locales y las cuadrillas del Territorio Histórico de Álava.
  • Las empresas privadas, entidades urbanísticas y administraciones públicas, en el caso de planes de movilidad al trabajo y actuaciones en polígonos industriales.
  • Las asociaciones de sectores relacionados con la movilidad.

Quedan excluidas las entidades sancionadas por las infracciones del título IV de la Ley 38/2003 y las incursas en los supuestos del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, y de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. El porcentaje máximo subvencionable se calculará sobre el coste total de la actuación y podrá alcanzar el 100%, sin superarlo en ningún caso. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas o privadas, estatales, europeas o internacionales, siempre que la suma no rebase el coste de la actividad; en las convocatorias dirigidas a empresas se respetarán las reglas de minimis de la Comisión Europea.

Procedimiento, plazos y control

La instrucción corresponderá al Servicio de Movilidad y Transportes y la resolución al Consejo de Gobierno Foral, que nombrará un órgano colegiado presidido por la persona titular de la Dirección de Movilidad y Transportes, con secretaría y vocalías del personal técnico del servicio y de la Secretaría Técnica del departamento. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde el último día de presentación de solicitudes. Los beneficiarios aceptan la ayuda si no renuncian por escrito en diez días hábiles, y las renuncias a subvenciones ya concedidas deberán comunicarse en un plazo máximo de dos meses. Las solicitudes no atendidas por agotamiento de la dotación quedarán en bolsa por orden de presentación.

Las convocatorias fijarán la dotación presupuestaria, las partidas de imputación y las cuantías máximas, y el órgano concedente podrá redistribuir fondos entre líneas respetando el presupuesto total. La Diputación Foral de Álava podrá exigir el reintegro en supuestos como la falta de justificación, el incumplimiento de la finalidad o la percepción de ayudas incompatibles no declaradas, y ejercerá funciones de comprobación y control con acceso a la documentación de las entidades beneficiarias.

El impacto de la norma es directo para los ayuntamientos, cuadrillas y tejido empresarial alaveses: por primera vez disponen de un marco estable y plurianual para financiar la planificación y las medidas de movilidad sostenible, con especial atención a los desplazamientos al trabajo y a los polígonos industriales, donde se concentra buena parte del empleo del territorio.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 108, de 21 de septiembre de 2026, sección I — Juntas Generales de Álava y Administración Foral del Territorio Histórico de Álava, págs. 1-11 (referencia oficial: 2026-02647).