BOP de Cuenca · 04 Sep 2026 · 1 vistas
Las Valeras estrena su primer convenio colectivo para el personal laboral
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca publica en su número 102, de 4 de septiembre de 2026, la resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Cuenca por la que se registra y publica el I Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Las Valeras. La resolución, firmada el 1 de septiembre por la delegada provincial Aranzazu Poveda Martínez, ordena la inscripción del texto en el registro de convenios y su difusión en el boletín oficial.
El convenio, con código 16100342012026, fue suscrito el 24 de febrero de 2025 y recibió su redacción definitiva el 16 de marzo de 2026, tras el requerimiento efectuado por el Servicio de Trabajo. Lo conciertan, de una parte, el Ayuntamiento de Las Valeras como representación empresarial y, de otra, la Delegada de Personal (CCOO) en representación de las personas trabajadoras, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, el Real Decreto 713/2010 y el Decreto 64/2025 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Ámbito y vigencia
El texto se aplica a todo el personal laboral que mantiene relación jurídico-laboral con el Ayuntamiento, con independencia de la duración de su contrato, en el ámbito territorial del municipio de Valera de Abajo y en los centros de trabajo que dependan administrativamente de la Corporación. Entró en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno municipal y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, quedando automáticamente denunciado a su finalización y prorrogado en su contenido hasta que entre en vigor el que lo sustituya.
Jornada, permisos y retribuciones
El convenio fija una jornada ordinaria de 37 horas semanales, con horario común de siete horas y media de lunes a jueves y siete los viernes, y regula la reducción de jornada en verano y durante las fiestas patronales. Entre sus principales medidas:
- Vacaciones de 22 días laborables, ampliables por antigüedad hasta 26 días a partir de 30 años de servicio.
- Permisos retribuidos por matrimonio (15 días naturales), nacimiento y cuidado de menor (16 semanas) y asuntos particulares (6 días al año, con incrementos por trienios).
- Horas extraordinarias limitadas a un máximo de 80 anuales, con compensación del 150 % en día laborable y del 200 % en nocturnas o festivas.
- Complemento de incapacidad temporal hasta el 100 % de las retribuciones y póliza de accidente laboral con indemnizaciones de hasta 60.000 € en caso de fallecimiento.
Relación de puestos y representación
El convenio configura la relación de puestos de trabajo (RPT) como documento unitario que integra plantilla presupuestaria, oferta de empleo público y estructura orgánica, con revisión anual durante el último trimestre. Se crea además una Comisión Paritaria para la vigilancia e interpretación del texto, y se prevé la negociación de un plan de igualdad dentro del primer año de vigencia.
La comisión negociadora estuvo integrada por el alcalde Daniel Pérez Osma y el concejal Jesús Aparicio Martínez, por parte del Ayuntamiento, y por la delegada de personal de CCOO María Carmen Moya Hernández y el asesor Ángel Luis Castellano Bobillo, por parte de las personas trabajadoras.
La publicación de este primer convenio colectivo supone un hito para el municipio, al dotar por primera vez a su plantilla laboral de un marco normativo propio que ordena jornadas, retribuciones, permisos y procedimientos de selección hasta 2028, con garantías de igualdad y de respeto a los derechos adquiridos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 102, 4 de septiembre de 2026, pág. 50 (referencia oficial: NÚM. 2093).