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BOP de Sevilla · 08 Sep 2026 · 1 vistas

Las Cabezas convoca treinta autorizaciones de venta ambulante en el mercadillo

Por FactBox Admin

Las Cabezas convoca treinta autorizaciones de venta ambulante en el mercadillo

El Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan ha aprobado las bases y la convocatoria para la adjudicación de 30 autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en el mercadillo municipal, mediante Resolución del Tercer Teniente de Alcalde n.º 2026-2604, de fecha 3 de septiembre de 2026. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, número 174, de 8 de septiembre de 2026, y abre un plazo de 15 días para la presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente a su publicación.

La concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva, conforme a la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante del término municipal y al Texto Refundido de la Ley del Comercio Ambulante, aprobado por Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo. Las autorizaciones tendrán una vigencia de quince años, y los adjudicatarios deberán acreditar anualmente estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, la Administración tributaria y el seguro de responsabilidad civil.

Ubicación y horario de los puestos

Los puestos se ubicarán en el Mercadillo Municipal, entre las calles Mariana de Pineda, Joaquín Turina y Enrique Granados, del núcleo de población de Las Cabezas. Se adjudicarán los puestos con los siguientes números de orden:

  • 11, 19, 20, 22, 24, 25, 27, 28, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 53.

La venta se ejercerá los viernes de 09:00 a 14:00 horas, con instalación de los puestos a las 7:00 horas. El Ayuntamiento se reserva la facultad de variar la ubicación del mercado por razones de seguridad o interés público, sin que ello genere derecho a indemnización.

Requisitos y criterios de adjudicación

Podrán ser titulares las personas físicas y empresas que acrediten estar dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, en el régimen de la Seguridad Social y al corriente en el pago de cotizaciones, así como disponer de un seguro de responsabilidad civil. Los prestadores de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de la normativa de residencia y trabajo.

La valoración de las solicitudes se realizará según criterios objetivos, entre los que destacan:

  • La inversión destinada a la actividad y su grado de amortización (hasta 5 puntos).
  • La disponibilidad de instalaciones desmontables adecuadas (máximo 1 punto).
  • La experiencia demostrada en mercadillos municipales (2 puntos por año).
  • La dificultad de acceso al mercado laboral: menores de 30 años, mayores de 45 y mujeres (10 puntos cada colectivo, no acumulable).
  • Poseer distintivos de calidad en comercio ambulante (15 puntos).
  • La adhesión a sistemas de resolución de conflictos en consumo (5 puntos).
  • La mercancía innovadora no existente en el mercadillo (10 puntos).

Tramitación y resolución

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Cada solicitante podrá incluir una única persona como colaborador, y quien figure en más de una solicitud quedará automáticamente excluido.

El plazo máximo para resolver será de tres meses desde el término del plazo de presentación, oída la Comisión Municipal de Comercio Ambulante. Con los solicitantes no adjudicatarios se formará una lista de espera para cubrir vacantes, y la falta de presentación de la documentación requerida en plazo se entenderá como renuncia a la autorización.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 174, martes 8 de septiembre de 2026, pág. 12 (referencia oficial: BOP-SE-2026-174004).