Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 23 Sep 2026 · 1 vistas
Labastida aprueba provisionalmente el impuesto sobre estancias turísticas y abre alegaciones
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Labastida aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal municipal reguladora del Impuesto sobre Estancias Turísticas, en sesión plenaria ordinaria celebrada el 14 de septiembre de 2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 109, correspondiente al miércoles 23 de septiembre de 2026, dentro de la sección II, Administración Local del Territorio Histórico de Álava, con la referencia oficial 2026-02674. La publicación abre un plazo de treinta días de información pública para que los interesados examinen el expediente y presenten alegaciones.
La tramitación se ajusta a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Foral Normativo 1/2021, de 29 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio detalla que el expediente queda a disposición de cualquier interesado durante ese periodo, tanto en las dependencias municipales como por vía telemática, y que las alegaciones deberán formularse dentro del plazo establecido.
Plazo, consulta y efectos del acuerdo
- El plazo de información pública es de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la inserción del anuncio en el BOTHA.
- El expediente puede examinarse en las dependencias municipales de Labastida.
- También está disponible en la sede electrónica del ayuntamiento, en la dirección http://labastida.egoitzaelektronikoa.eus.
- Si transcurrido el plazo no se presentan reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente, sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.
El texto publicado no detalla tarifas, tipos ni categorías de establecimientos, de modo que la concreción de la carga tributaria quedará fijada en la propia ordenanza que se somete a exposición pública. El acuerdo lleva la firma del Alcalde-Presidente, Daniel García Ruíz, y está fechado en Labastida a 15 de septiembre de 2026.
Una figura fiscal en expansión en la comarca
La iniciativa de Labastida se suma a una serie de expedientes similares tramitados este año por otros municipios alaveses, que han ido incorporando el mismo tributo a sus ordenanzas fiscales:
- Elciego, cuyo Pleno aprobó provisionalmente el establecimiento y la ordenanza del impuesto el 31 de julio de 2026.
- Navaridas, que acordó la aprobación inicial en sesión ordinaria del 25 de agosto de 2026.
- Leza, que aprobó inicialmente su ordenanza en sesión ordinaria del 3 de septiembre de 2026.
En los tres casos el procedimiento es idéntico al de Labastida: información pública de treinta días desde el día siguiente a la publicación en el BOTHA y conversión automática del acuerdo provisional en definitivo si no se presentan reclamaciones ni observaciones.
Trámite abierto a la ciudadanía
El anuncio cumple la función de dar publicidad al expediente y de habilitar la participación de quienes puedan verse afectados por la nueva figura tributaria. La publicación en el BOTHA marca, por tanto, el inicio efectivo del cómputo del plazo y el momento desde el que cualquier interesado puede personarse en el procedimiento.
La aprobación de un impuesto sobre estancias turísticas en Labastida afecta directamente a la actividad de alojamiento de la localidad y a los visitantes que pernoctan en ella, en un municipio con peso turístico dentro de la Rioja Alavesa. El periodo de alegaciones es la última oportunidad para que los sectores implicados y los vecinos influyan en el contenido de la ordenanza antes de que quede fijada de forma definitiva.
Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 109, de 23 de septiembre de 2026, sección II, Administración Local del Territorio Histórico de Álava, pág. 1 (referencia oficial: 2026-02674).