Diario Oficial · 06 Oct 2026 · 1 vistas
La Unión Norte condona mora y multas de agua en dos caseríos
Por FactBox Admin

El Concejo Municipal de La Unión Norte, departamento de La Unión, aprobó una ordenanza transitoria que exime del pago de mora, intereses y multas por el servicio de agua potable a las familias de los caseríos Los Chivos y Los Pilones, cantón El Sombrerito, que llevan meses sin recibir el suministro. La medida consta en el Decreto Municipal Número 3, publicado en el Diario Oficial Tomo Nº 453 del 6 de octubre de 2026, con Registro No. F50435, y entró en vigencia el 7 de octubre, un día después de su publicación.
La norma se denomina oficialmente Ordenanza Transitoria de Exención de Pago de Mora y Multas Provenientes de Deudas por Tasas a favor de la Municipalidad de La Unión Norte, generadas por la Ordenanza Reguladora de la Administración del Servicio de Agua Potable en la Zona Urbana y Rural del Distrito de San José. El decreto fue firmado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal el 27 de agosto de 2026 por el alcalde Edwin Antonio Serpas Ibarra y el secretario municipal Oscar Osmin Quintanilla Coreas.
Cinco meses de gracia para los contribuyentes afectados
El artículo 3 del decreto concede un plazo de cinco meses, comprendido entre agosto y diciembre de 2026, para las tasas y contribuciones no canceladas en tiempo por los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de ese año. El texto aclara la posibilidad de rehabilitar el servicio antes de la fecha proyectada, caso en el cual los contribuyentes deberán cancelar una vez se les esté brindando el suministro.
El artículo 4 delimita a los beneficiarios: personas naturales registradas como contribuyentes y beneficiarias del suministro de agua potable en:
- Caserío Los Chivos, cantón El Sombrerito, Distrito de San José La Fuente.
- Caserío Los Pilones, cantón El Sombrerito, Distrito de San José La Fuente.
Quedan cubiertos únicamente quienes se encuentran sin recibir el suministro a consecuencia de los desperfectos del sistema de bombeo y del bajo nivel de agua del pozo que abastece del vital líquido a la población.
El alcance real: accesorios, no la tasa
El artículo 2 precisa que la exención no versa sobre el tributo en sí, sino sobre sus accesorios, es decir, la multa y la mora. El decreto define la mora como los intereses que debe abonar el deudor moroso y la multa como la sanción administrativa por incumplimiento de obligaciones tributarias.
El artículo 5 establece que todo lo no previsto en la ordenanza deberá sujetarse a lo dispuesto por el Concejo Municipal de La Unión Norte, de conformidad con sus instrucciones mediante acuerdo municipal. El artículo 6 fija la entrada en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Antecedentes normativos y fundamento
La ordenanza se apoya en los artículos 203 y 204 de la Constitución de la República, que reconocen la autonomía municipal y la facultad de crear, modificar y suprimir tasas, y en el artículo 7 de la Ley General Tributaria Municipal. Cita además la sentencia definitiva de amparo constitucional con referencia 812-99, del 26 de junio de 2003, de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que reconoce a los concejos municipales la potestad de condonar intereses moratorios por medio de ordenanza.
El punto de partida es el Decreto Municipal Número 5 del año 2005, que aprobó la Ordenanza Reguladora de la Administración del Servicio de Agua Potable en la Zona Urbana y Rural del Municipio de San José, publicada en el Diario Oficial Número 106, Tomo Número 367, del 9 de junio de 2005. Ese cuerpo normativo, según los considerandos, no previó el hecho de no prestar el servicio por daños en los equipos que lo suministran o por bajo nivel del pozo.
El marco institucional lo completa la Ley Especial para la Reestructuración Municipal, emitida mediante decreto legislativo No. 762 del 13 de junio de 2023 y publicada en el Diario Oficial No. 110, Tomo No. 439, del 14 de junio de 2023, que dispuso que a partir del 1 de mayo de 2024 el municipio de Villa San José se convierte en distrito e integra el Municipio de La Unión Norte.
Impacto para los hogares sin servicio
La ordenanza busca evitar cobros indebidos o excesivos por la carencia del servicio y, al mismo tiempo, promover una cultura de pago que impida la acumulación de mora y multas y las acciones jurídicas contra los contribuyentes. Para las familias de Los Chivos y Los Pilones, el alivio es inmediato en sus finanzas domésticas, aunque la deuda por el servicio sigue pendiente y deberá cancelarse cuando el bombeo y el pozo vuelvan a operar con normalidad.
Fuente: Diario Oficial, Tomo Nº 453, 6 de octubre de 2026, sección Instituciones Autónomas – Alcaldías Municipales, págs. 12-13 (referencia oficial: Registro No. F50435, Decreto Municipal Número 3).