Boletín Oficial de La Rioja · 05 Oct 2026 · 20 vistas
La Rioja regula las ayudas de cooperación LEADER del plan europeo 2023-2027
Por FactBox Admin

El Gobierno de La Rioja ha regulado las ayudas de cooperación LEADER del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 mediante la Orden AGM/49/2026, de 1 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 191, de 5 de octubre de 2026. La norma, firmada por la consejera Noemí Manzanos Martínez, desarrolla todo el ciclo de los proyectos de cooperación y modifica las bases reguladoras vigentes de la intervención LEADER. Entra en vigor el día siguiente al de su publicación, el 6 de octubre de 2026.
La disposición, tramitada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, responde a que la anterior Orden AGM/46/2024, de 5 de julio, no desarrollaba de forma específica el procedimiento, los requisitos técnicos y económicos, la ejecución, el seguimiento y la justificación de los proyectos de cooperación. El marco europeo lo fijan el Reglamento (UE) 2021/2115 y el Plan Estratégico de la PAC de España, aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022 mediante la Decisión C(2022) 6017.
Los destinatarios son los Grupos de Acción Local (GAL) reconocidos en La Rioja: el Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP), la Asociación para el Desarrollo Rural de La Rioja Oriental (ADR) y la Asociación para el Desarrollo de La Rioja Alta (ADRA), preseleccionados por la Resolución 1085/2023, de 20 de junio, y cuyas estrategias se aprobaron por la Resolución 213/2023, de 25 de agosto.
Tres modalidades de cooperación
La orden contempla tres formas de cooperación entre territorios:
- Intraautonómica: proyectos integrados exclusivamente por GAL de La Rioja.
- Interautonómica: con participación de GAL de otras comunidades autónomas y al menos uno riojano.
- Transnacional: con GAL de otros países y al menos uno de La Rioja.
Cada proyecto deberá incluir al menos una acción común integrada, con un acuerdo de cooperación vinculante firmado por todos los socios y un grupo coordinador designado. La mera agregación de actividades paralelas no se considerará acción común.
Hasta 200.000 euros por proyecto
La ayuda cubrirá el 100% de los costes elegibles aprobados y la cuantía máxima será de 200.000 euros por proyecto de cooperación o por la participación de un GAL riojano en acciones conjuntas e individuales. Las subvenciones serán cofinanciadas por la Unión Europea, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería competente.
Para las fases de preparación y cierre se aplican costes simplificados a tipo fijo calculados sobre la ejecución:
- Intraautonómico (mínimo 2 GAL): 7% de preparación y 5% de cierre.
- Interautonómico (3 GAL o más): 12% y 8%.
- Transnacional: 20% y 10%.
Criterios de selección y tramitación
Los criterios de selección priorizan el tipo de proyecto (incidencia en empleo y actividad económica, servicios o productos inexistentes, impacto demográfico y vivienda, digitalización, conservación ambiental y cultural), el número de GAL participantes, el carácter transnacional o interautonómico y los destinatarios mujeres, jóvenes o inmigrantes. Será necesario obtener al menos un 30% de la puntuación máxima.
Las solicitudes se presentarán solo por vía electrónica mediante la aplicación ‘PDR LEADER’. La resolución se publicará en el BOR antes de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes, con silencio desestimatorio; la prórroga máxima será de tres meses y el retraso en la justificación se penalizará con un 1% por día natural hasta 20 días.
Cambios en las bases vigentes
La disposición adicional única modifica la Orden AGM/46/2024. Entre otros cambios, revisa el Ticket Rural para la creación de microempresas no agrarias: la prima base será de 15.000 euros, pagadera en dos tramos de 10.000 y 5.000 euros, y se incrementará en 5.000 euros en municipios de menos de 1.000 habitantes. También excluye de subvención determinadas infraestructuras municipales y actuaciones en caminos rurales, suministro de agua o alumbrado público.
La nueva regulación da cobertura jurídica a un instrumento clave del desarrollo rural riojano y condiciona la próxima convocatoria de ayudas: los GAL deberán adaptar sus proyectos de cooperación a los requisitos técnicos, de gobernanza y de justificación que fija la orden para acceder a fondos europeos FEADER.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 191, 5 de octubre de 2026, sección I (Disposiciones Generales), pág. 16753 (referencia oficial: BOR-A-20261005-I–82).