Boletín Oficial de La Rioja · 15 Oct 2026 · 4 vistas
La Rioja destina 1,43 millones a contratar desempleados de 30 años o más
Por FactBox Admin

El Gobierno de La Rioja ha aprobado una convocatoria adicional de subvenciones dotada con 1.432.000 euros para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más en obras y servicios de interés general y social. La medida se formaliza mediante la Resolución 84/2026, de 13 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, cuyo extracto publica el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) núm. 199, de 15 de octubre de 2026, con la referencia BOR-A-20261015-III–3903. Las entidades interesadas disponen de un plazo de solo cinco días hábiles para presentar su solicitud.
Marco normativo y origen de la convocatoria
La convocatoria se dicta en aplicación de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, que establece las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva y figura inscrito en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número BDNS 934805, donde puede consultarse el texto íntegro de la convocatoria.
El expediente administrativo asociado es el 202610140124978 y la publicación lleva el código de sección III.3903. La resolución está firmada en Logroño a 13 de octubre de 2026 por el consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.
En la misma edición del BOR se publica una convocatoria paralela, la Resolución 83/2026, de 9 de octubre, dotada con 701.000 euros y destinada a desempleados menores de 30 años beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en aplicación de la Orden EDE/32/2024.
Cuantía y reparto presupuestario
- Importe total aprobado: 1.432.000 euros.
- Cargo al presupuesto de gastos del ejercicio 2026: 716.000 euros.
- Cargo al presupuesto futuro de gastos del ejercicio 2027: 716.000 euros.
- Carácter de la distribución: estimativa, conforme al artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
La distribución definitiva de los créditos presupuestarios podrá realizarse con carácter previo a la resolución de concesión, según lo previsto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Beneficiarios y proyectos subvencionables
Podrán acogerse a las ayudas:
- Las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas.
- Los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
- Las universidades públicas con sede en La Rioja.
- Las entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja.
Los proyectos deberán consistir en obras y servicios de interés general y social y tendrán una duración máxima de nueve meses. El número máximo de personas desempleadas participantes en cada proyecto será de dos.
Plazos, límites y justificación
El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOR. Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, en el modelo disponible en la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja.
El límite de solicitudes por entidad depende de la población del municipio:
- Municipios de 300 habitantes o menos: 1 solicitud.
- Municipios de 301 a 3.000 habitantes: 2 solicitudes.
- Municipios de más de 3.000 habitantes: 3 solicitudes.
La justificación deberá presentarse en un plazo máximo de dos meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado.
La convocatoria amplía el esfuerzo presupuestario de la Comunidad Autónoma para dar salida laboral a un colectivo con especiales dificultades de inserción, y llega después de que la convocatoria ordinaria de 2026, resuelta en agosto, movilizara 1.741.264 euros. Para los ayuntamientos y entidades sociales riojanas, el margen de actuación es mínimo: solo cinco días hábiles para decidir y presentar sus proyectos.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 199, 15 de octubre de 2026, sección III, pág. 17422-17423 (referencia oficial: BOR-A-20261015-III–3903).