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Boletín Oficial de La Rioja · 05 Nov 2026 · 9 vistas

La Rioja crea el equipo que certificará las patologías del amianto

Por FactBox Admin

La Rioja crea el equipo que certificará las patologías del amianto

El Consejo de Gobierno de La Rioja ha aprobado el Decreto 27/2026, de 3 de noviembre, por el que se crea el Equipo de Valoración de Víctimas del Amianto (EVVA) de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se regula el procedimiento para la emisión del certificado de patologías derivadas de la exposición al amianto. La norma se publica en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) número 214, de jueves 5 de noviembre de 2026, con la referencia oficial BOR-A-20261105-I–88, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación. El certificado que emita este órgano es el requisito previo para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pueda gestionar las compensaciones económicas del Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto.

El mandato estatal que La Rioja debía cumplir

La Ley 21/2022, de 19 de octubre, creó el fondo como mecanismo de reparación de los daños sobre la salud sufridos por cualquier persona expuesta al amianto en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España. Su artículo 6.2 encarga el diagnóstico, la valoración, la calificación y la revisión de la enfermedad, así como la determinación de su causa o del fallecimiento, a equipos de valoración que se determinarían reglamentariamente.

El desarrollo llegó con el Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, cuyo artículo 6.1 ordena constituir esos equipos en la consejería de sanidad de cada comunidad autónoma, con personal especializado en salud pública, laboral y ambiental. Posteriormente, el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), el 12 de noviembre de 2025, aprobó el procedimiento común para la emisión del certificado, que busca garantizar la homogeneidad de actuación en todo el territorio.

Composición y funciones del órgano

El EVVA dependerá de la Dirección General competente en materia de Salud Pública y su función es elaborar el dictamen que sirva de base para el certificado previsto en el anexo II del Real Decreto 483/2025. Su composición combina personal de esa dirección general y del Servicio Riojano de Salud:

  • Un presidente o presidenta con funciones de Vigilancia en Salud Pública.
  • Un vocal con funciones de Vigilancia de la Salud Laboral.
  • Un vocal con funciones de Sanidad Ambiental.
  • Un vocal designado por el Servicio Riojano de Salud, especialista en Neumología.
  • Un secretario de los subgrupos A1/A2, con voz y voto.
  • Podrán ser consultados, con voz pero sin voto, profesionales de reconocida cualificación y experiencia.

El equipo asumirá el diagnóstico y la valoración de la enfermedad, su calificación y revisión, y la determinación de la causa o del fallecimiento de las personas afectadas.

Cómo se solicita el certificado

Las solicitudes podrán presentarse por la sede electrónica del Gobierno de La Rioja o de forma presencial en la Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales. Deberán acompañarse de la documentación exigida en el artículo 7 del Real Decreto 483/2025, entre ella:

  • Documentación acreditativa de la representación, si se actúa mediante representante.
  • Copia de la resolución administrativa o judicial firme que reconozca la pensión derivada de contingencia profesional por exposición al amianto.
  • Consentimiento informado para acceder a la historia clínica y a los datos necesarios.
  • Informes médicos u otra documentación que acredite las patologías del anexo II o su origen vinculado al amianto.

Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá a la persona interesada para que subsane en un plazo de diez días; de no hacerlo, se le tendrá por desistida. El plazo para dictar y notificar la resolución es de tres meses desde la entrada en el registro, y transcurrido sin resolución expresa las solicitudes se entenderán estimadas por silencio administrativo. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el superior jerárquico. El modelo normalizado figura como anexo del decreto, con código CAP: 25787.00 y DIR: A17014413.

El decreto está firmado en Logroño a 3 de noviembre de 2026 por el presidente, Gonzalo Capellán de Miguel, y la consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón, tras el dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja.

Impacto para los afectados riojanos

La norma desbloquea en La Rioja la fase previa de acreditación de las patologías indemnizables, de la que depende el acceso efectivo a las compensaciones del fondo estatal. Con un órgano propio, un plazo máximo de tres meses y el silencio positivo como garantía, los afectados por exposición laboral, doméstica o ambiental en la comunidad contarán por primera vez con un procedimiento reglado y una unidad especializada en salud pública, laboral y ambiental para valorar su caso.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 214, de 5 de noviembre de 2026, sección I. Disposiciones Generales, págs. 18790-18796 (referencia oficial: BOR-A-20261105-I–88).