Boletín Oficial de La Rioja · 03 Sep 2026 · 1 vistas
La Rioja concede 118.000 euros a municipios para equipamiento deportivo
Por FactBox Admin

La Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud del Gobierno de La Rioja ha concedido subvenciones a decenas de ayuntamientos riojanos para dotar de equipamiento sus instalaciones deportivas municipales. El reparto se formaliza mediante la Resolución 557/2026, de 31 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 169, de 3 de septiembre de 2026, en la sección III de Otras Disposiciones y Actos.
La resolución, firmada por el consejero José Luis Pérez Pastor en Logroño el 31 de julio de 2026, autoriza un gasto total de 118.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 2026 0704 3411 761.00. El marco normativo lo integran la Orden 36/2023, de 2 de junio, que establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia deportiva, y la Resolución 526/2026, de 23 de marzo, que convocó las ayudas a entidades locales para la dotación de equipamiento en instalaciones deportivas de su titularidad.
Beneficiarios y criterios de reparto
Las ayudas se conceden a las entidades locales que obtuvieron al menos el 40% del total de puntos posibles, conforme al artículo 5 de la resolución de convocatoria. La entidad con la máxima puntuación recibe una subvención equivalente al 70% de su presupuesto subvencionable. Al no existir crédito autorizado suficiente, todas las cuantías se han minorado proporcionalmente.
Entre los ayuntamientos beneficiados figuran, entre otros:
- Haro (5.275,85 €): mancuernas, mesa de ping-pong y redes de protección.
- Baños de Río Tobía (15.261,97 €): equipamiento de gimnasio y lonas de pádel.
- Villamediana de Iregua (11.151,59 €): equipamiento de gimnasio, tatami, tapiz y lona de pádel.
- Alfaro (7.837,17 €): protectores de pista y canastas.
- Aldeanueva de Ebro (7.226,35 €): máquina de gimnasio y protector de muro.
- Torrecilla en Cameros (5.965,35 €): equipamiento de gimnasio.
- Cervera del Río Alhama (3.244,50 € y 4.388,08 €): parque de calistenia y mesa de ping-pong con bancos y taquillas.
Objetos excluidos y renuncias
La resolución considera fuera del objeto de la convocatoria las solicitudes que no tienen la consideración de equipamiento deportivo ni complementario, así como el equipamiento deportivo no inventariable. Entre los casos excluidos figuran los de Albelda de Iregua, Alberite, Alfaro, Anguiano, Ausejo, Brieva de Cameros, Canales de la Sierra, Corera, El Rasillo, Enciso y Entrena, entre otros.
Durante la tramitación, los ayuntamientos de Enciso y Villoslada de Cameros renunciaron a la subvención propuesta en la resolución provisional. Asimismo, se considera desistida la solicitud del Ayuntamiento de Nieva de Cameros por no subsanar en tiempo y forma su solicitud, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
Tramitación y recursos
El expediente siguió el procedimiento ordinario: informe del órgano de valoración de 24 de junio de 2026, propuesta provisional de 25 de junio, trámite de alegaciones de diez días, informe de alegaciones de 13 de julio y propuesta definitiva de 15 de julio. La Intervención General emitió informe sin reparos el 30 de julio de 2026.
La resolución, que pone fin a la vía administrativa, se publica en el Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja. Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero en el plazo de un mes.
La dotación permitirá a los ayuntamientos riojanos renovar y ampliar el material de sus instalaciones deportivas, desde gimnasios y parques de calistenia hasta porterías, canastas y mesas de ping-pong, con un impacto directo en los usuarios de las infraestructuras deportivas municipales de toda la comunidad.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 169, 3 de septiembre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Actos, pág. 15210 (referencia oficial: BOR-A-20260903-III–3403).