Boletín Oficial de La Rioja · 10 Sep 2026 · 1 vistas
La Rioja amplía a nueve años las ayudas a la promoción del vino
Por FactBox Admin

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de La Rioja ha aprobado la Orden AGM/46/2026, de 7 de septiembre, que reforma las bases de las ayudas al sector vitivinícola para adaptarlas al nuevo paquete legislativo europeo del vino. La norma, firmada por la consejera Noemí Manzanos Martínez, se publica en el Boletín Oficial de La Rioja número 174, de 10 de septiembre de 2026, en la sección I de Disposiciones Generales (páginas 15492 a 15495).
La orden modifica dos normas previas: la Orden ATP/88/2022, de 29 de diciembre, que regula las ayudas a la promoción y comunicación en mercados de terceros países, y la Orden ATP/14/2023, de 19 de marzo, que fija las bases de las ayudas a inversiones dentro de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (ISV) 2024-2027.
Promoción en terceros países: de tres a nueve años
El cambio más relevante afecta a la internacionalización. La duración máxima de la ayuda por mercado de un tercer país pasa de tres años a un máximo de nueve años consecutivos, mediante dos prórrogas de hasta tres años cada una para vinos con DOP, IGP o indicación de variedad de uva.
- La ayuda máxima por mercado se mantiene en tres años iniciales.
- Se permiten dos prórrogas de hasta tres años cada una.
- El límite se aplica por beneficiario y mercado, combinando país, región, acción, sub-acción y público objetivo.
El enoturismo entra en las inversiones subvencionables
La reforma incorpora la comercialización a través del enoturismo como actuación subvencionable dentro de las inversiones en instalaciones de transformación, infraestructuras vitivinícolas y estructuras de comercialización. Se define como aquella inversión vinculada al enoturismo cuyo fin sea la presentación, exposición y venta al por menor de productos vitivinícolas, una vía clave para bodegas y cooperativas de la región.
Calendario transitorio y nuevas convocatorias
La orden fija disposiciones transitorias para ejecutar y abonar las ayudas aprobadas antes del 31 de diciembre de 2027 con cargo a las anualidades 2028 y 2029, condicionadas a la existencia de crédito en el fondo europeo del periodo de programación 2028-2034.
- Convocatoria 2028 de promoción: solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas; ejecución entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2027.
- Convocatoria 2029 de promoción: solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2027; pagos antes del 31 de diciembre de 2029.
- Quinta convocatoria (2027) de inversiones: solicitudes desde el 25 de julio de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027, con pagos en 2028 y 2029.
La reforma se enmarca en el paquete legislativo del vino presentado por la Comisión Europea el 28 de marzo de 2025, desarrollado por el Reglamento (UE) 2026/471, de 24 de febrero de 2026, y trasladado al ordenamiento nacional por el Real Decreto 610/2026, de 22 de julio. La orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el boletín.
Para el sector riojano, la ampliación de la promoción en terceros países y la apertura al enoturismo suponen un horizonte de planificación más largo y nuevas vías de financiación para diversificar mercados y rentabilizar el atractivo turístico de sus bodegas.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 174, 10 de septiembre de 2026, sección I. Disposiciones Generales, págs. 15492-15495 (referencia oficial: BOR-A-20260910-I–76).