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Boletín Oficial de La Rioja · 09 Sep 2026 · 1 vistas

La Rioja abre la segunda convocatoria del Plan Corresponsables 2026

Por FactBox Admin

La Rioja abre la segunda convocatoria del Plan Corresponsables 2026

El Boletín Oficial de La Rioja publica en su número 173, de 9 de septiembre de 2026, el extracto de la Resolución 42/2026, de 3 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se abre la segunda convocatoria de las ayudas del Plan Corresponsables 2026. La dotación asciende a 696.000 euros, con cargo al Presupuesto de Gastos de la Consejería para el ejercicio 2026, y se reparte de forma lineal entre los 174 municipios de la comunidad.

La convocatoria, registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con los códigos BDNS 913992 y 913993, se dirige a municipios y mancomunidades que habiliten servicios de atención y cuidado profesional de menores de hasta 16 años, en el marco de las bases reguladoras de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, modificada por la Orden IPA/24/2022, de 19 de mayo.

Objeto y cuantía de las ayudas

Serán subvencionables las actividades o proyectos que se ajusten a la orden y a la resolución de convocatoria y que se ejecuten entre el 15 de octubre de 2026 y el 15 de abril de 2027. La financiación se concede de forma lineal a los 174 municipios, con un importe de 4.000 euros por entidad atendiendo al crédito disponible.

  • La cuantía garantiza a todos los municipios la financiación mínima para ejecutar al menos uno o dos proyectos de conciliación y cuidado.
  • Los proyectos se orientan a los periodos vacacionales escolares de Navidad y Semana Santa.
  • La resolución incorpora la cantidad máxima correspondiente a cada municipio.

Beneficiarios y presentación de solicitudes

Podrán ser beneficiarios los municipios y mancomunidades que no incurran en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de La Rioja. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín.

  • Las solicitudes se presentan de forma electrónica a través de la sede del Gobierno de La Rioja, cumplimentando el anexo I.
  • Junto a la solicitud debe aportarse la documentación del artículo 8.3 de la orden reguladora, con los anexos II, III y IV.
  • Si una mancomunidad formula la solicitud, los municipios que la integren no podrán presentarla de forma individual.
  • Puede solicitarse financiación para varios proyectos en una misma solicitud, sin exceder el importe máximo asignado.

Concesión y justificación

La concesión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva mediante reparto, conforme al artículo 7 de la orden. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa del artículo 12 de la Orden IPA/53/2021 a medida que finalicen los proyectos, con fecha límite el 11 de mayo de 2027; para los proyectos ejecutados con medios propios mediante contratación de personal, el plazo para acreditar el abono de las cotizaciones a la Seguridad Social se fija en el 27 de mayo de 2027.

La resolución, firmada en Logroño el 3 de septiembre de 2026 por la consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón, refuerza la apuesta de la comunidad por la conciliación familiar y laboral, garantizando que ningún municipio riojano quede sin recursos para atender el cuidado de los menores durante los periodos de mayor necesidad.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 173, 9 de septiembre de 2026, sección III. Otras disposiciones y actos, págs. 15460-15461 (referencia: Resolución 42/2026, BDNS 913992 y 913993).