Boletín Oficial de La Rioja · 09 Sep 2026 · 1 vistas
La Rioja abre la segunda convocatoria del Plan Corresponsables 2026
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de La Rioja publica en su número 173, de 9 de septiembre de 2026, el extracto de la Resolución 42/2026, de 3 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se abre la segunda convocatoria de las ayudas del Plan Corresponsables 2026. La dotación asciende a 696.000 euros, con cargo al Presupuesto de Gastos de la Consejería para el ejercicio 2026, y se reparte de forma lineal entre los 174 municipios de la comunidad.
La convocatoria, registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con los códigos BDNS 913992 y 913993, se dirige a municipios y mancomunidades que habiliten servicios de atención y cuidado profesional de menores de hasta 16 años, en el marco de las bases reguladoras de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, modificada por la Orden IPA/24/2022, de 19 de mayo.
Objeto y cuantía de las ayudas
Serán subvencionables las actividades o proyectos que se ajusten a la orden y a la resolución de convocatoria y que se ejecuten entre el 15 de octubre de 2026 y el 15 de abril de 2027. La financiación se concede de forma lineal a los 174 municipios, con un importe de 4.000 euros por entidad atendiendo al crédito disponible.
- La cuantía garantiza a todos los municipios la financiación mínima para ejecutar al menos uno o dos proyectos de conciliación y cuidado.
- Los proyectos se orientan a los periodos vacacionales escolares de Navidad y Semana Santa.
- La resolución incorpora la cantidad máxima correspondiente a cada municipio.
Beneficiarios y presentación de solicitudes
Podrán ser beneficiarios los municipios y mancomunidades que no incurran en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de La Rioja. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín.
- Las solicitudes se presentan de forma electrónica a través de la sede del Gobierno de La Rioja, cumplimentando el anexo I.
- Junto a la solicitud debe aportarse la documentación del artículo 8.3 de la orden reguladora, con los anexos II, III y IV.
- Si una mancomunidad formula la solicitud, los municipios que la integren no podrán presentarla de forma individual.
- Puede solicitarse financiación para varios proyectos en una misma solicitud, sin exceder el importe máximo asignado.
Concesión y justificación
La concesión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva mediante reparto, conforme al artículo 7 de la orden. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa del artículo 12 de la Orden IPA/53/2021 a medida que finalicen los proyectos, con fecha límite el 11 de mayo de 2027; para los proyectos ejecutados con medios propios mediante contratación de personal, el plazo para acreditar el abono de las cotizaciones a la Seguridad Social se fija en el 27 de mayo de 2027.
La resolución, firmada en Logroño el 3 de septiembre de 2026 por la consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón, refuerza la apuesta de la comunidad por la conciliación familiar y laboral, garantizando que ningún municipio riojano quede sin recursos para atender el cuidado de los menores durante los periodos de mayor necesidad.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 173, 9 de septiembre de 2026, sección III. Otras disposiciones y actos, págs. 15460-15461 (referencia: Resolución 42/2026, BDNS 913992 y 913993).