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BOP de Sevilla · 08 Oct 2026 · 18 vistas

La Puebla del Río modifica y reabre las bases de Policía Local

Por FactBox Admin

La Puebla del Río modifica y reabre las bases de Policía Local

La Alcaldía de La Puebla del Río ha estimado el recurso de reposición presentado por un aspirante y ha modificado las bases de la convocatoria de cuatro plazas de Policía Local, suspendiendo el proceso selectivo y abriendo un nuevo plazo de solicitudes. La decisión se formaliza en la Resolución de Alcaldía n.º 1119/2026, de 6 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla n.º 196, de 8 de octubre de 2026 (referencia BOP-SE-2026-196021).

Contexto: cuatro plazas y unas bases incompletas

La resolución, firmada por la alcaldesa María Dolores Prósper Pérez, estima el recurso de reposición interpuesto el 25 de septiembre de 2026 (RE n.º 4580) por D. Jesús Molina Castilla contra la Resolución de Alcaldía n.º 960/2026, de 31 de agosto, por la que se aprobaron las bases reguladoras de la convocatoria.

Las bases regulaban la selección, como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición y turno libre, de cuatro plazas de Policía Local del Ayuntamiento de La Puebla del Río, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría de Policía. Se publicaron íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla n.º 171, de 3 de septiembre de 2026, y su anuncio apareció en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 181, de 17 de septiembre de 2026, y en el Boletín Oficial del Estado n.º 236, de 24 de septiembre de 2026, publicación esta última que abrió un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles.

El informe jurídico detecta un requisito omitido

El informe jurídico del Graduado Social, de 6 de octubre de 2026, concluye que las bases no incorporaron el requisito de participación previsto en el artículo 18.1.h) del Decreto 8/2026, de 28 de enero, norma de desarrollo de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Ese precepto exige acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el turno libre, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años; si se han obtenido varias plazas, los cinco años se computan sobre la última. El informe subraya que la potestad municipal para aprobar las bases no permite fijar condiciones de acceso distintas de las exigidas por la normativa autonómica, y advierte de que la omisión afecta a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia.

Modificación de las bases y suspensión del proceso

La resolución acuerda modificar la Base 3ª, relativa a los requisitos de las personas aspirantes, incorporando un nuevo apartado k) con ese requisito, y añade un nuevo apartado h) a la base 10ª.1, sobre presentación de documentos. El resto del contenido de las bases se mantiene en los mismos términos.

Además, se suspende el desarrollo del proceso selectivo: el Ayuntamiento queda obligado, desde la fecha de la resolución, a no realizar nuevas actuaciones de avance y se acuerda la suspensión del plazo de presentación de solicitudes, cuya eficacia frente a los interesados se producirá desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Nuevo plazo de veinte días hábiles y conservación de solicitudes

Se abre un nuevo plazo de veinte días hábiles para presentar solicitudes, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del nuevo anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las solicitudes ya presentadas conservarán su validez y no deberán volver a presentarse, aunque sus autores deberán reunir todos los requisitos de las bases modificadas antes de que finalice el nuevo plazo.

Una vez cerrado ese plazo, la tramitación continuará con la aprobación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, conforme a las bases modificadas y al artículo 7 del Decreto 8/2026. Las bases modificadas se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y el anuncio de la convocatoria modificada se difundirá en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Recursos y alcance de la decisión

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante la Sra. Alcaldesa o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla.

La decisión reabre de facto el proceso selectivo y obliga a los aspirantes a verificar su encaje en el nuevo requisito de permanencia, con impacto directo sobre quién podrá concurrir a las cuatro plazas convocadas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, n.º 196, 8 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 179 (referencia oficial: BOP-SE-2026-196021).