Boletín Oficial del Principado de Asturias · 23 Oct 2026 · 7 vistas
La Ley LGTBI 7/2026 obliga a empresas y contratos públicos en Asturias
Por FactBox Admin

El Principado de Asturias ya cuenta con la Ley 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. El texto, aprobado por la Junta General del Principado de Asturias y promulgado por el presidente Adrián Barbón Rodríguez, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 206, de 23 de octubre de 2026, con la referencia oficial Cód. 2026-08565. La ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación, el 23 de diciembre de 2026.
La norma ocupa 33 páginas del boletín y se ordena en cuatro títulos y 121 artículos, que abarcan desde la educación y la sanidad hasta el empleo, el deporte, la justicia y el régimen sancionador. Su ámbito subjetivo vincula al sector público autonómico y local y también a los organismos privados dependientes de una Administración, mayoritariamente financiados con dinero público o que presten un servicio público derivado de contrato, convenio o subvención. El preámbulo sitúa la ley en la estela de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato, y de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans.
Contratación pública y subvenciones
El artículo 9 obliga a la Administración autonómica y a su sector público a incorporar la promoción de la igualdad de trato y no discriminación por orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales en la contratación administrativa, siempre que exista vinculación con el objeto del contrato. Las cláusulas sociales de los pliegos deberán valorar el compromiso de las licitadoras con los derechos LGTBI, expresado mediante planes o estrategias de igualdad y diversidad y medidas efectivamente implantadas.
Además, la Administración verificará que las contratistas disponen de plan LGTBI cuando el marco estatal lo exija y no podrá contratar con personas incursas en prohibición para contratar por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de trato. En subvenciones, el artículo 10 permite valorar positivamente esos planes y exige comprobar su cumplimiento antes de adjudicar, y veta las ayudas a entidades sancionadas con resolución firme con pérdida de la posibilidad de obtenerlas.
Empresas y empleo: planes, protocolos y distintivo
- Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán dotarse de un conjunto planificado de medidas y recursos para la igualdad real y efectiva, negociado, y contar con un protocolo frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI (artículos 70 y 71).
- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social informará anualmente del grado de cumplimiento de esas medidas.
- La Administración aprobará un plan LGTBI en el empleo público, negociado con la representación legal de los trabajadores, aplicable a partir de cincuenta trabajadores (artículo 67).
- La Consejería competente creará un distintivo para reconocer a las empresas que destaquen en políticas de igualdad y no discriminación (artículo 68.4).
- Se desarrollarán programas de intermediación, formación y contratación con personas trans, priorizando a las mujeres trans en situación de vulnerabilidad (artículo 69).
Publicidad institucional, medios y participación
El artículo 86 exige que la contratación de publicidad institucional respete la prohibición de mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores constitucionales, y que los contenidos y la publicidad sean respetuosos con las personas LGTBI. La Administración impulsará códigos deontológicos en los medios, con participación de medios, sindicatos y asociaciones, y promoverá campañas en medios públicos y subvencionados.
La ley crea el Conseyu de Participación LGTBI, que asume las funciones del Observatorio Asturiano contra la LGTBI-fobia, suprimido por la disposición adicional primera. El nuevo órgano elaborará un informe anual sobre la situación del colectivo, que remitirá a la Junta General, y su reglamento deberá aprobarse en seis meses. La estrategia autonómica de igualdad tendrá carácter cuatrienal, con evaluación a los dos años.
Plazos y régimen sancionador
La disposición adicional segunda fija en un año medidas como adaptar los formularios administrativos, implantar los indicadores de igualdad en el empleo o crear el distintivo, y en dos años aprobar el plan LGTBI del empleo público. Las infracciones graves y muy graves podrán castigarse con inhabilitación para obtener subvenciones de uno o dos años, rescisión de convenios y revocación o reintegro de ayudas; las leves prescriben a los nueve meses, las graves a los dos años y las muy graves a los tres.
La ley afecta de lleno a las empresas proveedoras del sector público asturiano, que verán condicionada su relación contractual y subvencional al cumplimiento de los planes LGTBI, y refuerza la posición del colectivo ante la discriminación. El preámbulo respalda la intervención con datos: según el OBERAXE, uno de cada cinco delitos de odio registrados en España entre 2002 y 2021 tuvo como objetivo la orientación o la identidad sexual de las víctimas, la primera motivación discriminatoria por delante del origen racial o étnico.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 206 de 23 de octubre de 2026, sección I. Disposiciones Generales, págs. 1-33 (referencia oficial: Cód. 2026-08565).