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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 04 Nov 2026 · 4 vistas

La Junta revisa la autorización ambiental de la macrogranja avícola de Consuegra

Por FactBox Admin

La Junta revisa la autorización ambiental de la macrogranja avícola de Consuegra

La Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha ha aprobado la revisión de oficio de la autorización ambiental integrada de la explotación avícola que la mercantil Avícola Naver, S.L. posee en el término municipal de Consuegra (Toledo). La resolución, firmada el 14 de octubre de 2026 por el director general Tomás Villarrubia Lázaro, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 211, de 4 de noviembre de 2026 (referencia 2026/7844).

El trámite responde a la obligación del artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de revisar las condiciones de las autorizaciones en un plazo de cuatro años desde la publicación de las conclusiones sobre mejores técnicas disponibles (MTD). Para la cría intensiva de aves de corral, esas conclusiones se fijaron con la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017. El expediente afectado es el AAI-TO-318, con NIMA 4520634909.

Una tramitación de cuatro años sin alegaciones

La autorización original fue otorgada por resolución de 18 de marzo de 2011 de la Dirección General de Evaluación Ambiental y después modificada por resoluciones de 5 de diciembre de 2013, 26 de enero de 2023 y 17 de julio de 2023. El 11 de agosto de 2022 se solicitó informe al Ayuntamiento de Consuegra, sin que conste su remisión; tampoco hubo comunicación municipal tras el trámite posterior.

Tras el acuerdo de 25 de octubre de 2022 de la Dirección General de Economía Circular, el titular presentó la documentación técnica el 15 de diciembre de 2022 y la información complementaria el 27 de febrero de 2023. El expediente se sometió a información pública mediante anuncio de 25 de abril de 2023, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 91, de 12 de mayo de 2023, sin que se registraran alegaciones.

De 88.000 a 118.000 gallinas ponedoras

La explotación ocupa las parcelas 35 y 82 del polígono 78, con acceso desde la carretera comarcal CM-4025 que une Consuegra y Turleque, a más de 1,5 kilómetros del casco urbano y sin otras granjas avícolas en un radio de 500 metros. En 2025 el titular comunicó dos modificaciones no sustanciales (registros de entrada 3048740 y 3706346) que reordenan la capacidad productiva:

  • 118.000 gallinas ponedoras, frente a las 88.000 plazas anteriores: 85.000 en cría en suelo y 33.000 en jaula.
  • 60.000 pollitas de recría, cifra que se mantiene sin cambios.
  • Nave A de puesta de 90 x 12 metros (33.000 gallinas en jaula), nave B de 110 x 22 metros (55.000 en suelo), nave C de recría de 114 x 14 metros y la nueva nave D de 100 x 12 metros (30.000 gallinas en suelo).
  • Centro de clasificación y envasado de huevos de 30 x 22 metros, con zona de almacenamiento y expedición.

La Consejería concluye que la modificación no genera incrementos significativos de emisiones, vertidos, residuos ni consumo de recursos, no afecta a áreas protegidas y no alcanza los umbrales de la Ley 2/2020 de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha, por lo que no exige evaluación de impacto ambiental.

Agua, energía y límites de emisión

El anexo de la resolución detalla las condiciones de explotación. El abastecimiento de agua procede de tres pozos (dos autorizados y uno en trámite) para 12.535 m³, con depósitos de 1.135 m³ y dispositivos de ahorro y detección de fugas con una reducción potencial del 2 %. En energía, la granja cuenta con un transformador aéreo de 160 kVA conectado a una línea de 20 kV, placas fotovoltaicas de 63.630 kWp en la cubierta del criadero, baterías de 60 kW y un grupo electrógeno de 110 kVA.

Los únicos focos canalizados son las calderas de propano de 423 kW de la nave de recría y el generador de emergencia de 110 kW de gasóleo, ambos por debajo de los 500 kWt. Se fijan límites de emisión de amoniaco de 0,08 kg por plaza y año en jaulas y de 0,13 kg en sistemas sin jaula, además de máximos de 0,8 kg de nitrógeno y 0,45 kg de P2O5 excretados por plaza y año.

La resolución no exige planes de gestión de ruido ni de olores, aunque el órgano ambiental podrá reclamarlos si se confirman molestias; establece límites de inmisión de 150 µg/m³ para partículas en suspensión y de 70 dB de día y 60 dB de noche en el perímetro. La gallinaza se retirará cada 24 o 26 horas por un gestor autorizado, sin purines ni estercolero, y se obliga a constituir la garantía financiera de responsabilidad medioambiental prevista en la Ley 26/2007.

Recurso de alzada y plazo de puesta en marcha

La resolución no pone fin a la vía administrativa: contra ella puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación. El titular dispone de cinco años para iniciar la actividad desde la publicación de la resolución, y el incumplimiento de las condiciones puede acarrear multas, clausura, inhabilitación o revocación de la autorización.

La decisión consolida en el mapa agroindustrial de la comarca una explotación que crece un 34 % en gallinas ponedoras y que queda vinculada a los estándares europeos de emisiones, agua, energía y gestión de estiércol. Para los vecinos de Consuegra y los municipios próximos, el documento deja constancia de que no hubo alegaciones ciudadanas ni informe municipal en todo el procedimiento, y de que las exigencias adicionales de ruido, olores o polvo solo se activarían si aparecieran molestias comprobadas.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 211, 4 de noviembre de 2026, III.- Otras disposiciones y actos, pág. 39055 (referencia oficial: 2026/7844).