BOP de Córdoba · 16 Sep 2026 · 3 vistas
La Junta registra el convenio de limpieza viaria de Prezero en Montilla
Por FactBox Admin

La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Córdoba ha ordenado la inscripción y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del convenio colectivo de la empresa Prezero España SAU con su personal adscrito al Servicio de Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Montilla. El acuerdo, aprobado por la Comisión Negociadora el 6 de mayo de 2026, fue firmado por la delegada territorial Marina Montes Valentín el 7 de septiembre de 2026 y aparece en el número 179 del boletín, de 16 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-A-2026-3084.
El texto se tramita al amparo del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, bajo el expediente 14/01/0108/2026 y el código de convenio 14103600012019. La resolución se enmarca en las competencias transferidas a la comunidad autónoma en materia de trabajo y en la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Ámbito y vigencia del acuerdo
El convenio se aplica a todos los trabajadores adscritos al servicio de limpieza viaria del municipio de Montilla que prestan servicios en esa localidad. Entró en vigor el mismo día de su firma, si bien sus efectos económicos se retrotraen al 1 de abril de 2025, y su vigencia se extiende hasta el 31 de marzo de 2030, con prórroga tácita anual si ninguna de las partes lo denuncia con al menos dos meses de antelación.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible, con cláusulas de absorción y compensación de mejoras anteriores. Se crea además una Comisión Paritaria, integrada al 50% entre la parte social y la empresarial, encargada de la vigilancia, interpretación y mediación en los conflictos colectivos que puedan surgir en la aplicación del texto.
Retribuciones y condiciones de trabajo
La tabla salarial anexa, vigente para el periodo 04/2025-03/2030, fija las retribuciones anuales por categoría profesional:
- Encargado: 28.000,00 € anuales.
- Conductor de LV: 18.500,04 € anuales.
- Peón de LV: 17.250,00 € anuales.
El complemento de antigüedad se devenga a razón de 27,82 €/mes por trienio, con un tope de siete trienios, y no es absorbible por la tabla salarial. Las horas nocturnas (entre las 21:00 y las 6:00) se retribuyen con un incremento del 25% sobre el salario base, y los trabajadores que usen la sopladora de forma habitual perciben un plus de 30 € brutos mensuales. Ningún trabajador podrá cobrar por debajo del salario mínimo interprofesional vigente.
En materia de jornada, todos los empleados disfrutan de 30 días naturales de vacaciones al año, con el periodo estival de 1 de junio a 30 de septiembre. Se reconocen cuatro días de asuntos propios (cinco a partir de 2027), 16 días de licencia por matrimonio o unión de hecho inscrita, y un plus de 25 € brutos por festivo especial trabajado (año nuevo, Jueves y Viernes Santo), además de 2,5 días de descanso compensatorio por cada festivo.
Igualdad y subrogación
El convenio incorpora disposiciones sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, remitiéndose al Plan de Igualdad de Prezero España SA, y aplica expresamente las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI previstas en la Ley 4/2023 y en el Real Decreto 1026/2024. En materia de contratación, se regula la subrogación del personal en caso de cambio de entidad prestataria del servicio, en los términos del convenio general del sector de saneamiento público y limpieza viaria.
La publicación en el boletín oficial otorga al convenio plena eficacia normativa y carácter de norma paccionada, de modo que sus condiciones resultan de aplicación directa a la plantilla del servicio de limpieza viaria de Montilla. Con efectos retroactivos desde abril de 2025, el acuerdo regulariza las retribuciones y condiciones laborales de los trabajadores de la contrata municipal, garantizando además la continuidad de sus derechos ante eventuales cambios de adjudicatario durante su vigencia hasta 2030.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 179, 16 de septiembre de 2026, sección IV (Junta de Andalucía), pág. 13196-13206 (referencia oficial: BOP-A-2026-3084).