Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 07 Oct 2026 · 15 vistas
La Junta fija servicios mínimos en el autobús urbano de Jaén
Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral de la Junta de Andalucía ha fijado los servicios mínimos para garantizar el funcionamiento del transporte urbano de viajeros de Jaén, servicio que presta la empresa Nex Continental Holdings, S.L.U.-ALSA como concesionaria. La decisión responde al conflicto laboral abierto en la plantilla del autobús urbano de la capital jiennense y se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) núm. 195, de 7 de octubre de 2026, con el texto núm. 13101. El objetivo es que el servicio no se interrumpa por completo mientras se mantiene el derecho de huelga de los trabajadores.
La resolución está fechada el 2 de octubre de 2026 y la firma la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, órgano adscrito a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Su objeto es, literalmente, garantizar el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Nex Continental Holdings, S.L.U.-ALSA, concesionaria del servicio público de transporte urbano de viajeros de la ciudad de Jaén, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
El texto se publica en la sección 3, «Otras disposiciones», del boletín y ocupa cuatro páginas. Se trata del instrumento habitual con el que la autoridad laboral andaluza compatibiliza el derecho constitucional de huelga con la continuidad de los servicios esenciales para la ciudadanía.
Qué fija la resolución
- Órgano que resuelve: Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral.
- Consejería de la que depende: Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
- Empresa concesionaria: Nex Continental Holdings, S.L.U.-ALSA.
- Servicio afectado: transporte público urbano de viajeros de la ciudad de Jaén.
- Fecha de la resolución: 2 de octubre de 2026.
- Publicación: BOJA núm. 195, de 7 de octubre de 2026, texto núm. 13101, cuatro páginas.
Cómo funciona el mecanismo
Cuando se plantea un conflicto colectivo o una convocatoria de huelga en un servicio público esencial, la autoridad laboral puede dictar servicios mínimos de obligado cumplimiento tanto para la empresa como para la plantilla. La resolución no prohíbe la protesta, pero obliga a mantener una parte de la actividad para no dejar sin transporte a los vecinos.
El mismo órgano ha recurrido a esta fórmula de manera reiterada durante 2026 para otros servicios esenciales, como la ayuda a domicilio o la recogida y tratamiento de residuos urbanos, lo que confirma que se trata de un procedimiento consolidado en la Administración autonómica.
A quién afecta
- Usuarios del autobús urbano de Jaén, que verán reducida la oferta de viajes mientras dure el conflicto.
- Trabajadores de la concesionaria, que quedan obligados a cubrir los servicios mínimos fijados en la resolución.
- La movilidad interna de la capital jiennense, al tratarse de un servicio de ámbito estrictamente municipal.
El transporte urbano es la red que sostiene los desplazamientos cotidianos dentro de la ciudad: accesos a centros de trabajo, hospitales, centros educativos y zonas comerciales. Cualquier recorte en las frecuencias se percibe de inmediato en las paradas y en los tiempos de espera.
Tramitación y publicación
La resolución se aprueba en la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y se difunde a través del boletín oficial autonómico, de modo que la medida adquiere publicidad y eficacia jurídica desde su inserción en el BOJA núm. 195, correspondiente al miércoles 7 de octubre de 2026. El texto completo, con el detalle de los servicios que deben mantenerse, figura en las cuatro páginas del texto núm. 13101.
La publicación en el boletín es el paso que activa la obligación de cumplimiento: a partir de ese momento, ni la empresa ni los representantes de los trabajadores pueden apartarse de lo fijado por la autoridad laboral.
La decisión afecta directamente a miles de usuarios del autobús urbano de Jaén, que deberán ajustar sus rutinas a una oferta de servicio reducida durante el tiempo que se prolongue el conflicto. La resolución garantiza que la ciudad mantenga un mínimo de transporte público, pero también anticipa que la normalidad en las líneas urbanas no se recuperará hasta que empresa y plantilla cierren su disputa.
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), núm. 195, de 7 de octubre de 2026, sección 3. Otras disposiciones, pág. 13101 (referencia oficial: texto núm. 13101).