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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 03 Nov 2026 · 7 vistas

La Junta fija el deslinde entre Antas y Zurgena en Almería

Por FactBox Admin

La Junta fija el deslinde entre Antas y Zurgena en Almería

La Junta de Andalucía ha fijado los datos identificativos de la línea que separa los términos municipales de Antas y Zurgena, ambos en la provincia de Almería, mediante una orden de deslinde. La decisión consta en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) núm. 212, de 3 de noviembre de 2026, dentro de la sección 3. Otras disposiciones, con la referencia texto núm. 14360. El texto, de cinco páginas, lleva fecha de 27 de octubre de 2026 y se encuadra en la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local.

La orden llega por la vía de las actuaciones de deslinde, el procedimiento administrativo con el que la Administración autonómica concreta sobre el terreno y sobre el papel el trazado de los límites entre municipios cuando existen discrepancias, indefiniciones o una cartografía desactualizada. El resultado no es un simple mapa: los datos identificativos de la línea delimitadora pasan a ser la referencia oficial para cualquier actuación administrativa que dependa de saber en qué término municipal se encuentra un terreno, una edificación o una instalación.

El número 212 del boletín, correspondiente al martes 3 de noviembre de 2026 y al año XLVIII, incluye el texto dentro del bloque de disposiciones de esa consejería, junto a otra orden de la misma fecha relativa al replanteo de la línea entre Adra y Berja (texto núm. 14361), también en la provincia de Almería.

Qué establece la orden

  • Fija los “datos identificativos” de la línea delimitadora entre Antas y Zurgena, los dos municipios almerienses.
  • Lo hace “mediante actuaciones de deslinde”, es decir, tras el trabajo técnico de delimitación previsto en el procedimiento.
  • La resolución lleva fecha de 27 de octubre de 2026 y se publica el 3 de noviembre de 2026.
  • El documento ocupa cinco páginas del boletín y su referencia oficial es el texto núm. 14360.

Efectos sobre catastro, licencias y competencias

El trazado de un término municipal determina qué consistorio —Ayuntamiento de Antas o Ayuntamiento de Zurgena— es competente sobre cada parcela. De ahí se derivan consecuencias prácticas inmediatas:

  • La adscripción de fincas y parcelas a un término municipal a efectos de catastro y de referencia catastral.
  • La autoridad municipal que tramita y concede licencias urbanísticas, de obra y de actividad.
  • La asignación de competencias municipales en servicios, disciplina urbanística, vía pública, tasas e ingresos locales.
  • La cobertura de los servicios de proximidad, como policía local y mantenimiento, en los terrenos del límite.

Para los propietarios de suelo en la franja afectada, el dato relevante es el delimitador oficial: la línea publicada sustituye a las referencias anteriores y sirve de base para resolver expedientes que hasta ahora podían quedar en tierra de nadie.

Una secuencia de deslindes autonómicos

La de Antas y Zurgena no es una actuación aislada. Días antes, el BOJA núm. 210, de 29 de octubre de 2026, publicó varias órdenes del mismo tipo fechadas el 22 de octubre:

  • Jabalquinto y Mengíbar (Jaén): aprobación del replanteo y datos identificativos (texto núm. 14231).
  • Casarabonela y Yunquera (Málaga): deslinde y replanteo (texto núm. 14233).
  • Rincón de la Victoria y Totalán (Málaga): deslinde y replanteo (texto núm. 14232).
  • Abla (Almería) y Baza (Granada): replanteo de una línea que separa dos provincias (texto núm. 14235).

El patrón es común: resoluciones breves, de cuatro a cinco páginas, que cierran años de indefinición sobre el terreno y que se publican de forma escalonada en el boletín.

Por qué importa

La publicación de la orden da seguridad jurídica a dos municipios limítrofes de la comarca del Bajo Almanzora y del Levante almeriense, donde la expansión urbanística y la actividad agrícola hacen especialmente sensible cualquier duda sobre linderos. A partir de ahora, catastro, registro y licencias cuentan con una referencia única para decidir qué ayuntamiento manda en cada metro del límite.


Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), núm. 212, 3 de noviembre de 2026, sección 3. Otras disposiciones, pág. 5 (referencia oficial: texto núm. 14360).