BOE · 29 Oct 2026 · 7 vistas
La Junta Electoral Central fija el reparto de espacios gratuitos de propaganda electoral
Por FactBox Admin

La Junta Electoral Central ha fijado las reglas para el reparto de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública con vistas a las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Lo hace mediante la Instrucción 2/2026, de 26 de octubre, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 269, de 29 de octubre de 2026 (referencia BOE-A-2026-22695). El texto combina la distribución estatal de esos espacios con la delegación de competencias en las juntas provinciales para las programaciones de ámbito regional y local.
El marco: la LOREG y el decreto de convocatoria
La instrucción se apoya en el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, por el que se convocan elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado para el 29 de noviembre de 2026. El artículo 65.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece que la distribución de espacios gratuitos de propaganda se realiza a propuesta de una Comisión de Radio y Televisión integrada por los representantes de las formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados.
El apartado 5 del mismo artículo 65 habilita a la Junta Electoral Central a delegar en las juntas provinciales la distribución correspondiente a las programaciones regionales y locales de los medios de titularidad pública. La instrucción se publica, conforme al artículo 18.6 de la LOREG, por su carácter general, y lleva la firma del presidente de la Junta Electoral Central, Eduardo Calvo Rojas, en el Palacio del Congreso de los Diputados el 26 de octubre de 2026.
Qué se reparte y quién decide
El primer apartado del acuerdo reserva a la Junta Electoral Central la distribución de los espacios gratuitos en la programación nacional de los medios de comunicación de titularidad pública de ámbito estatal. Para ello se tendrán en cuenta los resultados de las anteriores elecciones al Congreso de los Diputados.
La Comisión de Radio y Televisión que debe proponer el reparto queda configurada así:
- Un representante por cada partido, federación o coalición que concurra a los comicios y cuente con representación en el Congreso de los Diputados.
- Un solo representante para las formaciones que se presenten por sí solas en determinadas circunscripciones y en coalición en otras.
- Reunión en las dependencias del Congreso de los Diputados el miércoles 4 de noviembre, a las 12 horas.
La delegación en las juntas provinciales
El segundo apartado delega en las Juntas Electorales Provinciales y en las Juntas Electorales de Ceuta y Melilla las competencias de la Junta Electoral Central para repartir espacios en las programaciones regionales de los medios de titularidad estatal y de otros medios públicos de ámbito similar. Cuando la programación supere el ámbito provincial, la delegación corresponde a la junta provincial en cuyo territorio radique el medio o el centro emisor.
En cada uno de esos ámbitos deberá constituirse una comisión bajo la dirección de la junta provincial correspondiente, con una composición que refleje la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados del territorio, conforme al artículo 65.5 de la LOREG. El reparto tendrá en cuenta, según el artículo 63.1, los resultados de las precedentes elecciones al Congreso en la zona de difusión del medio.
Impacto para los lectores
La norma ordena el arranque de la carrera electoral en radio y televisión públicas: fija quién decide cuánto tiempo de propaganda corresponde a cada formación y con qué criterios se mide, desde los resultados de los comicios anteriores hasta la representación territorial. El calendario queda marcado por la reunión del 4 de noviembre, que debe alumbrar la propuesta de reparto para los medios estatales, mientras las juntas provinciales asumen el mismo papel en las programaciones autonómicas y locales.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 269, de 29 de octubre de 2026, Sec. III. Otras disposiciones, pág. 145151 (referencia oficial: BOE-A-2026-22695).