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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 07 Sep 2026 · 9 vistas

La Junta clasifica la Viceintervención de Cártama como puesto reservado

Por FactBox Admin

La Junta clasifica la Viceintervención de Cártama como puesto reservado

La Secretaría General de Administración Local, dependiente de la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local de la Junta de Andalucía, ha clasificado el puesto de trabajo denominado Viceintervención, clase 2.ª-27111 del Ayuntamiento de Cártama (Málaga) como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. La decisión se recoge en la Resolución de 2 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 173, de 7 de septiembre de 2026, página 11562/1, con expediente núm. 0167/2026.

La clasificación se tramita a instancias del propio consistorio malagueño, que solicitó que el puesto quedara reservado a funcionarios de habilitación nacional. El procedimiento se ha instruido de conformidad con el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de estos funcionarios, y con las competencias conferidas en el apartado 7 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, así como en el artículo 7.1.h) del Decreto 191/2026, de 30 de julio, que fija la estructura orgánica de la consejería.

Características del puesto clasificado

El puesto de Viceintervención queda adscrito a la subescala y categoría de Intervención-Tesorería, entrada, con un nivel de complemento de destino 29. Sus datos técnicos son los siguientes:

  • Denominación: Viceintervención, clase 2.ª-27111.
  • Adscripción: Grupo A, Subgrupo A1.
  • Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, entrada.
  • Nivel: 29.
  • Sistema de provisión: Concurso.

La resolución dispone que la provisión del puesto se realizará mediante el sistema de concurso, tal y como figura en la solicitud de la entidad local.

Efectos y plazo de cobertura

La resolución producirá sus efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOJA. No obstante, las funciones reservadas podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta resolución durante un periodo máximo de tres meses, hasta la cobertura del puesto conforme a cualquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

La firma de la resolución corresponde a la Secretaria General, Cristina Alejandra Jiménez Jiménez, con fecha de 2 de septiembre de 2026 en Sevilla.

Vías de recurso

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer los siguientes recursos:

  • Recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Requerimiento potestativo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses, cuando la impugnación la efectúe una Administración Pública.

La clasificación refuerza el control económico-financiero del Ayuntamiento de Cártama, al garantizar que la Viceintervención sea desempeñada por un funcionario de habilitación nacional con las garantías de idoneidad y régimen estatutario que exige la normativa de régimen local. Para los vecinos del municipio malagueño, la medida asegura la profesionalización de la gestión presupuestaria y de tesorería, un elemento clave para la transparencia y la sostenibilidad de las cuentas locales.


Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 173, 7 de septiembre de 2026, sección 2.1 (Autoridades y personal), pág. 11562/1 (referencia oficial: expediente núm. 0167/2026).