Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · 07 Sep 2026 · 1 vistas
La Junta clasifica la Viceintervención de Cártama como puesto reservado
Por FactBox Admin

La Secretaría General de Administración Local, dependiente de la Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local de la Junta de Andalucía, ha clasificado el puesto de trabajo denominado Viceintervención, clase 2.ª-27111 del Ayuntamiento de Cártama (Málaga) como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. La decisión se recoge en la Resolución de 2 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 173, de 7 de septiembre de 2026, página 11562/1, con expediente núm. 0167/2026.
La clasificación se tramita a instancias del propio consistorio malagueño, que solicitó que el puesto quedara reservado a funcionarios de habilitación nacional. El procedimiento se ha instruido de conformidad con el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de estos funcionarios, y con las competencias conferidas en el apartado 7 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, así como en el artículo 7.1.h) del Decreto 191/2026, de 30 de julio, que fija la estructura orgánica de la consejería.
Características del puesto clasificado
El puesto de Viceintervención queda adscrito a la subescala y categoría de Intervención-Tesorería, entrada, con un nivel de complemento de destino 29. Sus datos técnicos son los siguientes:
- Denominación: Viceintervención, clase 2.ª-27111.
- Adscripción: Grupo A, Subgrupo A1.
- Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, entrada.
- Nivel: 29.
- Sistema de provisión: Concurso.
La resolución dispone que la provisión del puesto se realizará mediante el sistema de concurso, tal y como figura en la solicitud de la entidad local.
Efectos y plazo de cobertura
La resolución producirá sus efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOJA. No obstante, las funciones reservadas podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta resolución durante un periodo máximo de tres meses, hasta la cobertura del puesto conforme a cualquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
La firma de la resolución corresponde a la Secretaria General, Cristina Alejandra Jiménez Jiménez, con fecha de 2 de septiembre de 2026 en Sevilla.
Vías de recurso
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer los siguientes recursos:
- Recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Requerimiento potestativo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses, cuando la impugnación la efectúe una Administración Pública.
La clasificación refuerza el control económico-financiero del Ayuntamiento de Cártama, al garantizar que la Viceintervención sea desempeñada por un funcionario de habilitación nacional con las garantías de idoneidad y régimen estatutario que exige la normativa de régimen local. Para los vecinos del municipio malagueño, la medida asegura la profesionalización de la gestión presupuestaria y de tesorería, un elemento clave para la transparencia y la sostenibilidad de las cuentas locales.
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 173, 7 de septiembre de 2026, sección 2.1 (Autoridades y personal), pág. 11562/1 (referencia oficial: expediente núm. 0167/2026).