BOP de Sevilla · 21 Oct 2026 · 3 vistas
La Junta autoriza el desvío de la línea Cruzcampo-Empalme por el metro
Por FactBox Admin

La Junta de Andalucía ha autorizado el desvío parcial de la línea de alta tensión de 66 kV Cruzcampo-Empalme en la Ronda Urbana Norte de Sevilla, una actuación indispensable para poder ejecutar las obras de la línea 3 del metro en ese tramo. La decisión la firma el delegado territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, Antonio José Ramírez Sierra, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) número 204, correspondiente al miércoles 21 de octubre de 2026, con referencia oficial BOP-SE-2026-204017.
El texto, fechado el 24 de marzo de 2026, concede de forma conjunta la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica. El expediente figura con el número 299066 y el registro de anuncios R.A.T. 10811, y se tramita en la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Industria, Energía y Minas.
Quién promueve la obra y para qué
La solicitud se presentó el 17 de marzo de 2026 por la UTE DRAGADOS SA, AZVI SAU y MARTÍN CASILLAS SL, con domicilio en la calle Almendralejo, número 5. La finalidad declarada es el desvío de la línea de alta tensión Cruzcampo-Empalme para ejecutar los trabajos necesarios para la construcción de la línea 3 del Metro de Sevilla a su paso por la Ronda Urbana Norte, en el término municipal de Sevilla.
El órgano competente para resolver es la Secretaría General de Energía, competencia delegada en los órganos territoriales provinciales por la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía (BOJA número 52, de 17 de marzo de 2022). El procedimiento se ha tramitado conforme al título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Características técnicas de la nueva línea
La instalación autorizada sustituye el trazado aéreo por uno subterráneo entre dos cámaras de empalme, con estas características:
- Origen: cámara de empalmes CE-01.
- Final: cámara de empalmes CE-02.
- Tipo: subterránea.
- Longitud: 0,680 kilómetros.
- Tensión en servicio: 66 kV.
- Conductores: RHZ1-2OL 33/66 kV H95 Cu 3x1x1000 mm² Al.
- Presupuesto: 311.580,00 euros.
- Emplazamiento: Ronda Urbana Norte, término municipal de Sevilla.
Condiciones, plazos y cesión a la distribuidora
La resolución obliga al titular a comunicar por escrito el comienzo de los trabajos y la terminación de las obras, y fija en dos años, contados desde el día siguiente a la notificación, el periodo previsto para ejecutar la instalación. La autorización habilita únicamente a construir el proyecto presentado y queda a reserva de las demás licencias y permisos de paso de otros organismos.
La línea no podrá entrar en servicio sin la correspondiente autorización de explotación, que emitirá la propia Delegación Territorial una vez cumplidos los trámites del artículo 132 del Real Decreto 1955/2000. Además, las instalaciones deberán cederse a la empresa distribuidora de la zona, autorizándose la transmisión una vez finalizadas, conforme al artículo 25 del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre.
El documento incorpora también una advertencia medioambiental: desde el 1 de enero de 2026 está prohibida la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica de hasta 24 kV que utilice gases fluorados de efecto invernadero (SF6), según el Reglamento (UE) 2024/573. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el consejero de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes.
La autorización desbloquea un punto crítico de la línea 3 del metro, cuya traza discurre por la Ronda Urbana Norte, y garantiza al mismo tiempo el suministro eléctrico de la zona norte de la ciudad mediante un trazado soterrado de 680 metros que quedará en manos de la distribuidora una vez concluidas las obras.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 204, 21 de octubre de 2026, Administración Autonómica, págs. 79-81 (referencia oficial: BOP-SE-2026-204017).