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Boletín Oficial de Castilla y León · 26 Oct 2026 · 6 vistas

La Junta aprueba el plan RADIOCyL ante emergencias radiológicas

Por FactBox Admin

La Junta aprueba el plan RADIOCyL ante emergencias radiológicas

La Junta de Castilla y León ha aprobado el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico en Castilla y León (RADIOCyL), el instrumento que fija la organización y los mecanismos de movilización de medios humanos y materiales ante emergencias radiológicas. Lo hace mediante el Acuerdo 150/2026, de 22 de octubre, adoptado por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Vicepresidencia Segunda y publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) núm. 207, de 26 de octubre de 2026, en la sección I (Otras Disposiciones), a partir de la página 80.

Marco normativo y alcance

El plan se ampara en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y en la Norma Básica de Protección Civil aprobada por Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, que obliga a elaborar planes especiales para el riesgo radiológico por su metodología técnico-científica propia. Se apoya también en el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), aprobado por Decreto 4/2019, de 28 de febrero, y en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico (DBRR), aprobada por Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre, derogada con efectos de 11 de julio de 2023 pero aún aplicable hasta que se apruebe el instrumento que la sustituya.

El texto consta de nueve apartados y tres anexos, con los modelos de notificación de incidente y de activación y desactivación del plan en los ámbitos provincial y regional. El acuerdo faculta además al titular del máximo órgano superior unipersonal competente en protección civil para dictar las disposiciones de desarrollo.

Dirección, fases y grupos de acción

La dirección del plan corresponde, en el ámbito provincial, a la persona titular de la Delegación Territorial de la Junta, y en el ámbito regional, a la persona titular de la Consejería competente en materia de protección civil, que puede delegar en la Dirección General del ramo. La respuesta se gradúa en tres fases:

  • Fase de alerta y seguimiento (preemergencia), con la Situación operativa 0, en la que los riesgos se limitan a la instalación.
  • Fase de emergencia, con las situaciones operativas 1, 2 y 3; esta última exige la declaración del interés nacional por el Ministerio del Interior.
  • Fase de recuperación, hasta el restablecimiento de los servicios básicos.

El plan se activa a partir de la Situación operativa 1. Su estructura incluye el Comité de Dirección, el Comité Asesor, el Gabinete de Información, el Centro de Coordinación Operativa (CECOP) —que pasa a CECOPI desde la situación 2—, el Centro de Emergencias de Castilla y León 1-1-2, el Puesto de Mando Avanzado (PMA) y ocho grupos de acción: Intervención, Seguridad, Sanitario, Apoyo Logístico, Apoyo Técnico, Asistencia Social, Asistencia Psicológica y Radiológico.

Instalaciones y criterios radiológicos

El plan identifica cinco grupos de emergencias radiológicas, aunque en Castilla y León solo existen instalaciones susceptibles de los grupos II, III y IV, con posibilidad de emergencias del grupo V por accidentes ocurridos fuera del territorio nacional. Entre las instalaciones figuran la fábrica de elementos combustibles de ENUSA Industrias Avanzadas, S.A. en Juzbado (Salamanca), la central nuclear de Santa María de Garoña en Valle de Tobalina (Burgos) —en desmantelamiento y titularidad de ENRESA desde el 17 de julio de 2023, con un Almacén Temporal Individualizado de 49 contenedores y capacidad para 60— y la Planta Quercus de Saelices el Chico (Salamanca).

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) actúa como Dirección Radiológica de la Emergencia y fija el nivel de referencia entre 20 y 100 mSv; por defecto se establece en 100 mSv para emergencia nuclear y 20 mSv para radiológica. Se delimitan una zona I o de medidas urgentes, a partir de 5 mSv/h, y una zona II o de alerta, desde 100 μSv/h. Las medidas urgentes principales son el confinamiento, la profilaxis radiológica y la evacuación.

Implantación y planes municipales

La implantación arranca con la aprobación del plan e incluye divulgación a la población, formación de actuantes, dotación de medios y verificación mediante ejercicios y simulacros. El mantenimiento prevé formación anual en protección radiológica y revisión de simulacros al menos cada dos años. Los ayuntamientos con instalaciones que requieran nivel interior y exterior de planificación deberán elaborar un Plan de Actuación Municipal frente al riesgo radiológico, que quedará integrado en el RADIOCyL cuando este se active.

El expediente cuenta con el informe favorable de la Comisión de Protección Ciudadana de 7 de mayo de 2025 y con el certificado de 3 de junio de 2026 del secretario de la comisión permanente del Consejo Nacional de Protección Civil. El acuerdo está firmado por el presidente, Alfonso Fernández Mañueco, y por la vicepresidenta segunda, María Isabel Blanco Llamas.

Castilla y León contaba hasta ahora con el PENBU para el nivel exterior de respuesta en Garoña; el RADIOCyL asume esa gestión y extiende la cobertura a las instalaciones radiactivas, los equipos móviles y las fuentes huérfanas, un riesgo distribuido por todo el territorio y no concentrado en un solo emplazamiento.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 207, 26 de octubre de 2026, sección I (Otras Disposiciones), pág. 80 (referencia oficial: BOCYL-D-26102026-207-17).