BOP de Huesca · 05 Nov 2026 · 10 vistas
La Jacetania suprime la tasa de basuras desde enero de 2027
Por FactBox Admin

El Consejo Comarcal de la Comarca de La Jacetania aprobó provisionalmente suprimir la tasa comarcal por la prestación del servicio de recogida de residuos domésticos y derogar su correspondiente ordenanza fiscal, con efectos previstos desde el 1 de enero de 2027. El acuerdo se adoptó en sesión ordinaria del 22 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 212, de 5 de noviembre de 2026, con referencia oficial BOPH-2026-212037 (anuncio comarcal número 4920). La decisión afecta al recibo de la tasa que se gira por el servicio de recogida de residuos domésticos en la comarca y abre un plazo de treinta días para presentar reclamaciones.
El anuncio, firmado en Jaca el 23 de octubre de 2026 por la presidenta comarcal, Olvido Moratinos Gracia, se tramita conforme al artículo 17, apartados 1 y 2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. No se trata de una medida aislada: en el mismo número del boletín la Comarca publica también la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 2, reguladora de la tasa por utilización y cesión de bienes, instalaciones y equipos comarcales (BOPH-2026-212036), y el 27 de octubre hizo lo propio con la ordenanza de precios públicos por servicios educativos, lúdicos, sociales, culturales y deportivos (BOPH-2026-206022). Todas ellas derivan de la misma sesión del 22 de octubre y se proyectan sobre el ejercicio 2027.
Los ayuntamientos asumirán la gestión tributaria
La supresión y derogación se enmarcan en la organización prevista para el ejercicio 2027, en la que los ayuntamientos afectados asumirán la gestión tributaria correspondiente. La Comarca mantendrá, en cambio, la prestación supramunicipal del servicio de recogida en los términos de los instrumentos de colaboración que procedan, de modo que la retirada de la tasa no implica la desaparición del servicio.
El texto publicado no detalla el número de municipios comprendidos ni el importe de la tasa vigente, extremos que deberán consultarse en el expediente sometido a exposición pública.
Treinta días para alegar
El acuerdo provisional y el expediente se someten a información pública por plazo de treinta días, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, es decir, desde el 6 de noviembre y hasta el 5 de diciembre de 2026. Durante ese periodo las personas interesadas podrán:
- Examinar el expediente en las dependencias de la Comarca de La Jacetania, en la calle Ferrocarril s/n de Jaca.
- Consultarlo a través de la sede electrónica comarcal (https://jacetania.sedipualba.es).
- Presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si no se presentan reclamaciones dentro del plazo, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario. En caso contrario, el Consejo Comarcal resolverá las reclamaciones y adoptará el acuerdo definitivo que proceda.
Lo ya devengado sigue sujeto a la normativa anterior
La derogación no afectará a las obligaciones tributarias devengadas con anterioridad a su fecha de efectos, que continuarán sujetas a la normativa aplicable en el momento del devengo, incluida su liquidación, recaudación y, en su caso, revisión. Además, la eficacia de la derogación queda supeditada a la publicación del acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, y los efectos previstos desde el 1 de enero de 2027 están condicionados al cumplimiento de los trámites legalmente exigidos.
El cambio tiene recorrido administrativo por delante: la supresión solo será efectiva si el expediente supera la información pública y el acuerdo definitivo llega a publicarse antes de que arranque el ejercicio 2027.
Para los hogares de la comarca, el anuncio marca el calendario de un cambio que llegará al recibo: quien quiera oponerse o plantear dudas sobre la supresión de la tasa comarcal y sobre el traslado de la gestión tributaria a los ayuntamientos dispone hasta el 5 de diciembre de 2026 para alegar ante la Comarca.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 212, 5 de noviembre de 2026, Administración Local (Comarcas), pág. 74 (referencia oficial: BOPH-2026-212037).