Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 14 Sep 2026 · 3 vistas
La Generalitat deroga las bases de ayudas a la internacionalización cultural
Por FactBox Admin

La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades ha derogado la Orden 54/2016, de 19 de septiembre, que establecía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la internacionalización de empresas y entidades culturales. La decisión se formaliza mediante la Orden 24/2026, de 10 de septiembre, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10450, de 14 de septiembre de 2026, con referencia oficial DOGV-C-2026-28893.
La norma, firmada por la consellera María del Carmen Carmen Ortí Ferre, responde al cambio de naturaleza jurídica y de procedimiento de aprobación de las bases reguladoras impuesto por la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa.
Un cambio de marco jurídico
La derogación se enmarca en la reforma introducida por el Decreto ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa, y por la Ley 6/2024, cuyo artículo 91.3 modifica el artículo 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector instrumental y de subvenciones.
Con la nueva redacción, las bases reguladoras de las subvenciones pasan a tener naturaleza de acto administrativo y se aprobarán mediante resolución de la persona titular de la conselleria, salvo las que desarrollen o complementen una ley sectorial o una norma de la Unión Europea. Las ayudas a galerías de arte, reguladas hasta ahora por la Orden 54/2016, quedan así llamadas a ser aprobadas próximamente por resolución.
La actuación se apoya además en el Plan estratégico de subvenciones 2024-2027, aprobado por resolución de 28 de enero de 2024 y publicado en el DOGV 9782 de 6 de febrero de 2024.
Efectos de la derogación
La Orden 24/2026 deroga expresamente la Orden 54/2016, publicada en su día en el DOGV 7878 de 21 de septiembre de 2016. La nueva norma incluye varias disposiciones de régimen transitorio:
- Incidencia presupuestaria: la orden no tiene incidencia presupuestaria y no comporta ningún incremento del gasto.
- Procedimientos en tramitación: los expedientes vinculados a la orden derogada se regirán por esta hasta su conclusión.
- Entrada en vigor: el día siguiente al de su publicación en el DOGV.
La elaboración de la norma ha seguido los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y ha contado con los informes preceptivos, incluido el jurídico de la Abogacía de la Generalitat.
Relevancia para el sector cultural
La medida afecta directamente a galerías de arte y entidades culturales valencianas que solicitaban estas subvenciones para su proyección internacional. La derogación no suprime la línea de ayudas, sino que la reencauza hacia un nuevo instrumento normativo más ágil, en línea con la política de simplificación administrativa impulsada por la Generalitat, que busca aglutinar en una sola norma la actualización de las bases reguladoras afectadas por el cambio de procedimiento.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10450, 14 de septiembre de 2026, sección I. Disposiciones Generales (referencia oficial: DOGV-C-2026-28893).