Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 02 Sep 2026 · 1 vistas
La Generalitat convoca ayudas de 1,2 millones para la autonomía personal
Por FactBox Admin

La Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10442, de 2 de septiembre de 2026, la Resolución de 26 de agosto de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad. La convocatoria, que se tramita en régimen de concurrencia competitiva, cuenta con una consignación de 1.200.000 euros con cargo a la línea de subvención S0228, «Ayudas para facilitar la autonomía personal».
La resolución, firmada por la consellera Elena Albalat Aguilella, se publica en la sección III (Actos Administrativos, subvenciones y becas) y se acompaña de su extracto oficial, identificado con el número DOGV-C-2026-27842 y registrado en la Base de datos nacional de subvenciones con el identificador BDNS 926956. El texto íntegro de las bases y la convocatoria corresponde a la referencia DOGV-C-2026-27767.
Objeto y modalidades de las ayudas
Las ayudas se dirigen a personas físicas con la condición legal de discapacidad residentes en la Comunitat Valenciana, y financian el 100 % del importe de la actuación, con los límites máximos fijados por modalidad. Cada solicitante puede pedir subvención para un máximo de dos actuaciones, siempre que una de ellas sea la de transporte.
- Ayudas técnicas y productos de apoyo: hasta 2.100 € (discapacidad física), 1.600 € (auditiva), 1.350 € (visual, intelectual o TEA) y 1.200 € (comunicación por sistemas alternativos).
- Eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda: hasta 4.000 €, y 2.800 € para adaptaciones del cuarto de baño.
- Adaptación de vehículos de motor: hasta 2.500 €.
- Transporte para asistencia a tratamientos y centros asistenciales: 6 €/día, con un máximo de 1.440 € al año.
Requisitos y procedimiento
Podrán solicitarlas las personas con discapacidad menores de 65 años (menores de 60 en el caso de las ayudas para eliminación de barreras en el hogar) cuya renta individual o per cápita familiar sea inferior al triple del IPREM del ejercicio anterior. Para el transporte se exige además movilidad reducida reconocida y no percibir el subsidio de movilidad.
Las solicitudes se presentarán por vía telemática en la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/proc111114) o en las oficinas de registro de las direcciones territoriales, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto. La concesión se resuelve por orden de fecha de presentación, con desempate por menor renta y, en su caso, mayor grado de discapacidad, y el plazo máximo de resolución es de tres meses.
Financiación y justificación
La dotación de 1.200.000 euros se imputa al programa presupuestario 313D00, «Personas con discapacidad», capítulo IV, con 600.000 euros de fondos propios condicionados y 600.000 euros de aportación externa. La convocatoria prevé una posible ampliación de crédito de hasta 700.000 euros adicionales, que se publicará antes de la resolución de concesión.
Las personas beneficiarias deberán justificar el gasto en un plazo máximo de dos meses desde la notificación y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026. En el transporte, la justificación se acredita mediante certificación de asistencia firmada por la dirección del centro o servicio asistencial.
Impacto
La convocatoria, enmarcada en el Plan estratégico de subvenciones 2024-2026 y en la Ley 4/2026 de presupuestos de la Generalitat, refuerza la atención a un colectivo vulnerable mediante ayudas técnicas, accesibilidad del hogar, adaptación de vehículos y transporte a tratamientos. Al financiar el 100 % de las actuaciones y cubrir necesidades cotidianas de movilidad y autonomía, estas subvenciones inciden directamente en la calidad de vida y la inclusión social de las personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), núm. 10442, 2 de septiembre de 2026, sección III (Actos Administrativos, subvenciones y becas) (referencia oficial: DOGV-C-2026-27767 y DOGV-C-2026-27842).