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Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 14 Sep 2026 · 3 vistas

La Generalitat convoca 2,3 millones en ayudas de inclusión y desarrollo comunitario

Por FactBox Admin

La Generalitat convoca 2,3 millones en ayudas de inclusión y desarrollo comunitario

La Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia ha aprobado las bases reguladoras y ha convocado para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a financiar proyectos de inclusión social y desarrollo comunitario, con un presupuesto global de 2.300.000 euros. La resolución, firmada el 26 de agosto de 2026 por la consellera Elena Albalat Aguilella, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10450, de 14 de septiembre de 2026, en la sección III, apartado B) de Subvenciones y becas.

La medida se articula en dos documentos oficiales: la resolución que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria (referencia DOGV-C-2026-28961) y el extracto de la convocatoria (referencia DOGV-C-2026-28806), inscrita en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador BDNS 927410.

Marco normativo y financiación

La convocatoria se enmarca en el Plan estratégico de subvenciones de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda 2024-2026 (DOGV 9875, de 20.06.2024), cuyo objetivo es potenciar la inclusión social de personas y familias en situación de vulnerabilidad. Las ayudas se rigen por la Ley 38/2003 general de subvenciones y la Ley 1/2015 de hacienda pública de la Generalitat, y se imputan a la línea presupuestaria S0253 «Actuaciones de lucha contra la pobreza» (capítulo 4, transferencias corrientes), gestionada por la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo (subprograma 313E00).

  • Importe máximo de la convocatoria: 2.300.000 euros.
  • Crédito adicional previsto en caso de modificación presupuestaria: 2.000.000 euros.
  • Régimen de concesión: concurrencia competitiva.
  • Las ayudas quedan excluidas del régimen de notificación de ayudas de Estado de la Unión Europea.

Beneficiarios y proyectos subvencionables

Podrán ser beneficiarias las entidades del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro, conforme al artículo 2 de la Ley 43/2015, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Titulares de Actividades, de Servicios y de Centros de Servicios Sociales, y que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los proyectos deben ajustarse a dos modalidades:

  • Proyectos dirigidos a personas o unidades familiares en situación de vulnerabilidad para cubrir necesidades básicas (aseo personal, alimentación y atención y apoyo psicosocial y sociosanitario).
  • Proyectos de desarrollo comunitario y fomento del ámbito relacional, que incluyen la participación social y cultural de colectivos vulnerables, la promoción de los buenos tratos y la prevención de la soledad no escogida, así como la intervención sociocomunitaria para prevenir problemáticas sociales y sociosanitarias.

Valoración y plazo de solicitud

Las solicitudes se valorarán en régimen de concurrencia competitiva con un máximo de 100 puntos, repartidos entre los criterios de la entidad (hasta 50 puntos, por implantación, experiencia, transparencia y acuerdos con otros actores) y los del proyecto (hasta 50 puntos, por pertinencia, calidad técnica y resultados). El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV, y el incumplimiento del plazo determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.

  • Cada entidad podrá presentar una única solicitud por proyecto y por provincia.
  • La solicitud telemática estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
  • El nombre de la entidad deberá coincidir con el que figure en su CIF.

La resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el DOGV y podrá recurrirse en reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.

La convocatoria refuerza el papel del tercer sector como aliado de la Generalitat en la atención a la vulnerabilidad, dotando de recursos estables a las entidades que trabajan sobre el terreno en la inclusión social y el desarrollo comunitario. Con un presupuesto que puede alcanzar los 4,3 millones de euros si se activa el crédito adicional, la medida busca responder a las nuevas necesidades sociales de la Comunitat Valenciana y favorecer la autonomía, la convivencia y la participación de los colectivos más desfavorecidos.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10450, 14 de septiembre de 2026, sección III, B) Subvenciones y becas (referencia oficial: DOGV-C-2026-28961 y DOGV-C-2026-28806).