Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 18 Sep 2026 · 6 vistas
La Generalitat convoca 1,15 millones en ayudas a protectoras y biodiversidad
Por FactBox Admin

La Dirección General de Medio Natural y Animal ha convocado las subvenciones del ejercicio 2026 destinadas a actividades y proyectos de protección y defensa de los animales y de conservación de la biodiversidad animal en la Comunitat Valenciana, con una dotación global de 1.150.000 euros. La resolución, de 16 de septiembre de 2026, está firmada por el director general Luis Gomis Ferraz y se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10454, de 18 de septiembre de 2026, con referencia DOGV-C-2026-29446 y extracto DOGV-C-2026-29552. La convocatoria figura también en la Base de datos nacional de subvenciones con el identificador BDNS 929681.
La convocatoria se ampara en la Orden 5/2024, de 18 de septiembre, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, que aprueba las bases reguladoras de esta línea de ayudas (DOGV núm. 9941, de 20 de septiembre de 2024). La concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva, conforme al artículo 164 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, y a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. El órgano competente para instruir y resolver es la dirección general con competencias en materia de protección animal, adscrita a la Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación.
Un millón ciento cincuenta mil euros en dos líneas presupuestarias
El importe global máximo se reparte entre dos líneas del programa 442A00:
- Línea S0249 (centro gestor G01080202, capítulo 4 de gastos): 900.000 euros, con 650.000 euros para la modalidad A y 250.000 euros para la modalidad B.
- Línea S0525 (capítulo 7 de gastos, para construcción y adecuación): 250.000 euros, con 150.000 euros para la modalidad A y 100.000 euros para la modalidad B.
La ayuda máxima por beneficiario es de 24.000 euros en la modalidad A y de 18.000 euros en la modalidad B, en ambos casos con una financiación de hasta el 80 % del coste de ejecución del proyecto. Las dos modalidades son excluyentes y cada entidad solo puede presentar una única solicitud.
Protectoras, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro
Podrán ser beneficiarias las entidades de protección y defensa de los animales de compañía definidas en el artículo 5 de la Ley 2/2023, de 13 de marzo, de protección, bienestar y tenencia de animales de compañía. También las entidades, asociaciones o fundaciones con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro cuyos estatutos contemplen la conservación de la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas, la mejora del hábitat o la protección del medio ambiente.
Entre las actuaciones subvencionables figuran:
- Divulgación, educación y formación en protección animal y en conservación de la biodiversidad.
- Gastos de animales albergados en santuarios, centros de rescate o acogida y colonias felinas: identificación con microchip, vacunación, desparasitación, alimentación, gastos veterinarios y esterilización.
- Mantenimiento de núcleos zoológicos registrados y gastos de sede de la entidad.
- Proyectos de voluntariado, incluidas terapias con animales y cuidado de mascotas de personas mayores, hospitalizadas o en situación de vulnerabilidad.
- Medidas de protección de fauna: rampas en balsas de agua, sistemas contra la colisión de aves y colocación de nidales.
- Construcción y adecuación de instalaciones e infraestructuras destinadas a la recogida de animales abandonados o a la conservación de la biodiversidad.
Diez días hábiles y tramitación electrónica obligatoria
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el DOGV. Las solicitudes se presentan exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, en la dirección https://sede.gva.es/es/proc861, con los modelos normalizados disponibles en la misma. Se inadmitirá cualquier solicitud presentada por un procedimiento distinto.
La evaluación se realiza sobre 100 puntos por modalidad, con una puntuación mínima global de 10 puntos para superar la evaluación técnica. Los criterios ponderan los años de experiencia de la entidad, su inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras de Protección y Defensa de los Animales de Compañía de la Comunitat Valenciana, la difusión de su actividad, los gastos veterinarios del año anterior, la trayectoria en voluntariado y divulgación, y la ejecución de proyectos en santuarios, zonas rurales despobladas o sobre animales con funciones específicas.
El plazo máximo de resolución y notificación es de tres meses desde la publicación de la convocatoria; transcurrido sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo. La justificación del gasto y la solicitud de pago deben presentarse hasta el 30 de octubre de 2026, y serán subvencionables las actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el final de ese plazo. Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.
La convocatoria llega con un plazo muy ajustado —diez días hábiles— y con las dos modalidades cerradas entre sí, por lo que cada entidad deberá decidir de antemano si concurre por la vía de la protección animal o por la de la biodiversidad. Para las protectoras y asociaciones de la Comunitat Valenciana, la financiación de hasta el 80 % de gastos veterinarios, alimentación, mantenimiento de instalaciones y proyectos de voluntariado supone un apoyo directo a su actividad ordinaria, mientras que la línea de 250.000 euros para obra permite acometer adecuaciones que difícilmente asumirían con recursos propios.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10454, de 18 de septiembre de 2026, sección III (Actos administrativos, B) Subvenciones y becas) (referencia oficial: DOGV-C-2026-29446 y extracto DOGV-C-2026-29552; BDNS 929681).