Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 02 Oct 2026 · 24 vistas
La Generalitat concede 3,4 millones a cooperativas y sociedades laborales valencianas
Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral ha resuelto la convocatoria de 2026 de ayudas al desarrollo de procesos de inversión productiva y de modernización de cooperativas y sociedades laborales, con un reparto final de 3.413.421,51 euros entre las entidades beneficiarias. La resolución, firmada el 29 de septiembre de 2026 por la directora general María Lurueña Ruiz, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10464, de 2 de octubre de 2026, con referencia oficial DOGV-C-2026-31041.
Las bases reguladoras proceden de la Resolución de 16 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (DOGV 10156, 22.07.2025), y la convocatoria se articuló mediante la Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral (DOGV 10353, 30.04.2026). El procedimiento debía resolverse en tres meses desde la publicación de la convocatoria, plazo que no se cumplió por el elevado volumen de solicitudes y la complejidad de las comprobaciones, según reconoce la propia resolución.
Un reparto prorrateado al 79,51 %
El importe al que tenían derecho las entidades que acreditaron cumplir los requisitos ascendía a 4.292.819,08 euros, pero el crédito finalmente disponible era de 3.413.421,51 euros. Ante esa insuficiencia, la resolución aplica un prorrateo del 79,51 % sobre cada concesión, sin fijar orden de prelación, al amparo de la base decimoprimera, apartado 6, de las bases reguladoras. La subvención cubre el 50 % de la inversión y no queda remanente alguno en la línea de subvención S0268.
El crédito inicialmente convocado era de 2.135.493,97 euros. Se amplió con una transferencia de 1.277.927,54 euros autorizada por la Resolución de 17 de julio de 2026 (DOGV 10422, 05.08.2026), a la que siguieron la corrección de errores de 17 de agosto de 2026 (DOGV 10432, 19.08.2026), la retención de crédito complementaria de 19 de agosto de 2026 y el gasto complementario aprobado el 27 de agosto de 2026.
232 entidades beneficiarias y 57 solicitudes excluidas
La resolución concede ayudas a 232 entidades: 108 de forma íntegra y 124 con minoración de la cuantía solicitada. Además, quedan fuera del reparto:
- 15 solicitudes inadmitidas, entre ellas 3J Business and Solutions Coop. V., Xicoteta Energia Coop. V., Transversal Coop. V., Natuvera Coop. V., Nirvana Benidorm Coop. V. y Mistral Acción Social Coop. V., por objeto no subvencionable, inversión inferior a 2.000 euros o solicitud duplicada.
- 42 solicitudes desestimadas, como Syuc Coop. V., Aliaga Integra Coop. V., Assut i Rafal Coop. V., Universal Coop. V. o Valian Coop. V., por no atender correctamente el requerimiento de subsanación o por inversiones no subvencionables.
Qué se subvenciona y hasta cuándo
Los conceptos financiados son maquinaria, equipos informáticos, mobiliario, programas informáticos, páginas web, vehículos industriales, edificios y terrenos. Quedan excluidas las inversiones consistentes en obras de construcción, mejora, acondicionamiento o reforma de inmuebles. Las mayores concesiones son:
- Mira que Impresión Coop. V.: 108.512,24 euros.
- A&N Consultin Coop. V.: 107.460,88 euros.
- Coop. Eléctrica Benéfica San Francisco de Asís Coop. V.: 107.380,04 euros.
- FAV Innovation and Technologies Coop. V.: 103.300,11 euros.
- Rendint Coop. V.: 91.441,89 euros.
- Raúl Asencio Coop. V.: 87.466,15 euros.
La justificación de la actuación debe presentarse por medios electrónicos hasta el 16 de octubre de 2026, inclusive, con cuenta justificativa, facturas y acreditación del pago.
Financiación, minimis y recursos
Las ayudas se conceden con cargo al capítulo VII del subprograma 322D00 «Promoción del Cooperativismo y de la economía social», línea S0268, aplicación G0114.03.02.GE00000.322D00.78101 de los presupuestos de la Generalitat para 2026. Tienen la consideración de ayudas de minimis conforme al Reglamento (UE) 2023/2831, con un límite de 300.000 euros por empresa en cualquier período de tres años.
Las beneficiarias deben mantener la inversión y la forma jurídica de cooperativa o sociedad laboral durante cinco años (dos si son pyme). Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante la consellera de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.
La resolución cierra la convocatoria de 2026 del fomento de la economía social valenciana y confirma el peso del cooperativismo en el tejido productivo de la Comunitat: más de dos centenares de cooperativas y sociedades laborales recibirán financiación para modernizar sus instalaciones, aunque el prorrateo del 79,51 % deja sus ayudas por debajo de lo solicitado.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10464, de 2 de octubre de 2026, sección III (Actos administrativos, B) Subvenciones y becas), pág. 1-30 (referencia oficial: DOGV-C-2026-31041).