BOP de Granada · 30 Sep 2026 · 14 vistas
La Diputación publica las subvenciones definitivas a entidades sin ánimo de lucro
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Granada ha publicado la propuesta definitiva de resolución de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de 2026, con el reparto de importes entre beneficiarias y suplentes y la relación de solicitudes desestimadas. El anuncio aparece en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 189, de 30 de septiembre de 2026, con la referencia BOP-GRA-2026-189006, y lo firma el director general de Bienestar Social, Ismael Gámez Cruz. Las entidades interesadas disponen de diez días hábiles para aceptar la subvención o reformular su proyecto.
El expediente, tramitado por el Área de Bienestar Social y Familia bajo el número 2026/PES_01/001079 (registro 2026050452), cierra un procedimiento que arrancó el 30 de junio de 2026, cuando el BOP publicó los requerimientos de subsanación y las desestimaciones provisionales. El 5 de agosto se publicó la propuesta provisional con las puntuaciones de cada proyecto y se abrieron diez días de alegaciones; resueltas estas, la Comisión Técnica se reunió el 28 de septiembre de 2026 y levantó acta-informe con las puntuaciones definitivas y la asignación económica de cada proyecto.
La propuesta se ampara en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículos 24.4, 24.5, 26 y 27) y en el artículo 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El texto advierte de que ni la propuesta provisional ni la definitiva crean derecho alguno a favor del beneficiario mientras no se le notifique la resolución de concesión. Además del BOP, se publica en el Tablón de Anuncios Electrónico (Gtablón) de la Diputación y en la web de la convocatoria, www.dipgra.es.
Cuatro líneas y 35 alegaciones resueltas
El anexo, de 30 páginas, ordena las ayudas en cuatro líneas —Bienestar Social, Igualdad, Juventud y Deportes— con sublíneas A a E según el tipo de entidad y de proyecto. La Comisión Técnica ha resuelto 35 alegaciones:
- Bienestar Social: 13 alegaciones, con cinco estimadas parcialmente y ocho desestimadas.
- Igualdad: siete alegaciones, una estimada y seis desestimadas.
- Juventud: ninguna.
- Deportes: 15 alegaciones, una estimada, nueve estimadas parcialmente y cinco desestimadas.
Entre las resoluciones favorables figuran la Asociación Granadina de Espondilíticos y Dolor Crónico AGRADE, la Asociación de Enfermos Musculares de Granada ASEMGRA y la Asociación La Pirámide, todas estimadas parcialmente, además de la Asociación Dalhena en la línea de Igualdad y la Federación de EFAS de Andalucía Penibética en Deportes.
Beneficiarias, suplentes y desestimadas
El listado incluye entidades de toda la provincia, con cuantías que van de los 275 euros a los 16.200 euros. Algunos ejemplos:
- Asociación Granadina de Esclerosis Múltiple (Armilla): 5.950,00 euros.
- Asociación de Padres y Madres de Niños Oncológicos de Granada: 6.300,00 euros.
- Asociación Mirame: 6.300,00 euros.
- Asociación ALCER Granada: 6.181,45 euros.
- Asociación por la Formación Profesional e Integración Social de la Persona (Cijuela): 14.400,00 euros.
- A.G.E.YR. Asociación Granadina de Emigrantes y Retornados: 16.200,00 euros.
- Agrupación de Personas Sordas de Granada y Provincia: 12.000,00 euros.
- Fundación Calor y Café: 10.800,00 euros.
- Asociación Granada Acoge: 15.300,00 euros.
También se detallan las suplentes, ordenadas por puntuación, como la Fundación Amaranta FSA (suplente 1), la Asociación José Guardia Necesidades sin Fronteras (suplente 9) o la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer AFAVIDA (suplente 14). Las desestimaciones se motivan con un código de la A a la J: proyecto ajeno a la finalidad de la línea, concurrencia por más de una línea, presentación fuera de plazo, falta de atención a los requerimientos o puntuación insuficiente, entre otras causas.
Diez días hábiles para aceptar o reformular
El plazo es de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP. Las entidades beneficiarias y suplentes pueden aceptar la subvención o presentar reformulaciones cuando la cantidad concedida sea inferior a la solicitada, siempre que respeten el objeto, las condiciones y la finalidad de la ayuda, conforme al artículo 27 de la Ley General de Subvenciones.
La propuesta es el paso previo al acuerdo de la Junta de Gobierno de concesión de las subvenciones y afecta a asociaciones, clubes deportivos, ampas y fundaciones de toda la provincia de Granada, desde la capital hasta municipios como Albolote, Baza, Guadix, Motril, Loja o Huéscar. Para las entidades solicitantes, el calendario es ahora decisivo: quien no acepte ni reformule en plazo puede quedar fuera del reparto final.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, nº 189, de 30 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 141 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-189006).