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BOP de Soria · 30 Oct 2026 · 14 vistas

La Diputación de Soria abre 280.000 euros en ayudas para vivienda joven

Por FactBox Admin

La Diputación de Soria abre 280.000 euros en ayudas para vivienda joven

La Diputación Provincial de Soria ha convocado las Subvenciones Ayuda a la Vivienda Joven dentro del Plan Soria 2026, dotadas con 280.000 euros, para facilitar el acceso a la vivienda a menores de 40 años en municipios de menos de 20.000 habitantes. El acuerdo lo adoptó la Junta de Gobierno de la institución provincial el 26 de octubre de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 125, de 30 de octubre de 2026 (referencia BOPSO-125-30102026, págs. 3818 a 3820), con firma del presidente, Benito Serrano Mata, en Soria el 27 de octubre de 2026.

Marco: del Plan Soria a las bases provinciales

La convocatoria se ampara en el Plan Soria conectada y saludable 2021-2027, aprobado por Acuerdo 137/2021, de 16 de diciembre, de la Junta de Castilla y León. Por resolución de la Vicepresidencia Segunda de la Junta de Castilla y León de 1 de octubre de 2026 se concedió a la Diputación una subvención para financiar acciones del eje “Promoción de la cohesión territorial en el marco del reto demográfico. Sectores estratégicos”, correspondiente a la anualidad 2026.

El objetivo declarado es contribuir a la fijación de población joven en el medio rural de la provincia facilitando su acceso a la vivienda, dando continuidad a la línea de ayudas desarrollada en anualidades anteriores. Las bases aplicables son la Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por la Diputación de Soria, publicada en el BOP núm. 147 de 23 de diciembre de 2009, y la convocatoria se tramita conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía, requisitos y actuaciones subvencionables

El crédito procede de la partida 2026 15220 78013 “Ayudas vivienda joven” del presupuesto en vigor. La ayuda cubre el 50% de los gastos subvencionables, con un límite de 5.000 euros por solicitud y vivienda. Si las peticiones superan el crédito disponible, se aplicará una minoración proporcional hasta ajustar la cantidad de la partida.

Podrán solicitar la ayuda las personas físicas empadronadas en cualquier municipio de la provincia de Soria que cumplan:

  • Ser mayor de edad y menor de 40 años en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea; los extranjeros no comunitarios deberán acreditar residencia legal en España.
  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y de la sección tercera del capítulo tercero del RD 887/2006.
  • Ser titular de al menos el 50% de la vivienda o suelo objeto de la subvención.

Las actuaciones deben realizarse en localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia y consistir en la compraventa de vivienda de nueva construcción o de segunda mano que no requiera rehabilitación, la compra de suelo urbano para edificar la vivienda habitual, la compra de vivienda usada para rehabilitar, el contrato de anticipo mediante arras, paga y señal o figura similar, o la construcción en terreno propio con proyecto de ejecución visado por el colegio profesional.

Gastos, residencia habitual y exclusiones

Se consideran gastos subvencionables, con IVA incluido, el coste de adquisición de la vivienda, el del terreno donde se construirá, los gastos notariales y registrales y la redacción de los proyectos técnicos. No se admiten facturas ni pagos anteriores al 1 de enero de 2026 ni posteriores al 30 de abril de 2027.

La vivienda deberá destinarse a residencia habitual y ser el lugar de empadronamiento del beneficiario en un plazo máximo de veinticuatro meses desde la resolución de concesión, conforme a la disposición adicional vigesimotercera de la Ley 35/2006 y al artículo 41 bis del RD 439/2007. Solo se concede una subvención por vivienda o suelo edificable, y se excluye a quien sea propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo separación o divorcio, causas ajenas a su voluntad, inaccesibilidad por discapacidad o herencias yacentes o proindiviso. Las compraventas entre parientes hasta tercer grado requerirán autorización previa expresa de la Diputación.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo se abre el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria y finaliza el 28 de febrero de 2027, prorrogándose al primer día hábil siguiente si esa fecha cae en sábado o festivo. Las solicitudes se presentan por los mecanismos de la Ley 39/2015 e incluyen el Anexo I de solicitud, certificado de titularidad bancaria, DNI o NIE, permiso de residencia en su caso, certificado de empadronamiento, contrato de arras o paga y señal y escritura del terreno cuando proceda. Las bases y anexos están disponibles en la web de la Diputación y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

La convocatoria llega con el doble objetivo de fijar población joven y reactivar un mercado de vivienda especialmente tensionado en el medio rural soriano: la ayuda puede sufragar desde la entrada de una casa usada hasta el suelo y el proyecto técnico de una obra nueva, siempre que el beneficiario fije allí su residencia en un plazo de dos años. El límite de 5.000 euros por vivienda y el reparto proporcional si se agota el crédito condicionan el alcance real de una línea que atiende, como máximo teórico, a decenas de solicitantes por anualidad.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 125, de 30 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 3818-3820 (referencia oficial: BOPSO-125-30102026).