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BOP de Sevilla · 02 Oct 2026 · 24 vistas

La Diputación de Sevilla abre 20 millones en anticipos para municipios pequeños

Por FactBox Admin

La Diputación de Sevilla abre 20 millones en anticipos para municipios pequeños

La Diputación Provincial de Sevilla ha aprobado las bases y la convocatoria de anticipos financieros reintegrables destinados a atender necesidades transitorias de tesorería de los municipios y entidades locales autónomas de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes que prestan el Servicio de Ayuda a Domicilio de Dependencia. El acuerdo lo adoptó el Pleno ordinario de la corporación el 24 de septiembre de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 192, de viernes 2 de octubre de 2026, en la sección de Administración Local, con la referencia oficial BOP-SE-2026-192001. La línea está dotada con 20.000.000,00 euros para el ejercicio 2026.

Marco normativo y órgano emisor

La convocatoria se tramita por el procedimiento de concurrencia previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 932565. El texto íntegro de las bases reguladoras está publicado en el tablón electrónico de edictos de la Diputación de Sevilla.

El instrumento se enmarca en el Plan Provincial de Cohesión Social e Igualdad 2024-2027, cuyas bases reguladoras se publicaron en el BOP de Sevilla número 83, de 30 de abril de 2024, y que para el ejercicio 2026 fue aprobado por el Pleno de la Diputación en sesión de 29 de enero de 2026, con publicación definitiva en el BOP número 41, de 2 de marzo de 2026, y corrección de errores en el BOP número 43, de 4 de marzo de 2026.

El extracto aparece firmado en Sevilla a 30 de septiembre de 2026 por el Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero, y corresponde al Área de Hacienda de la institución provincial.

Quién puede solicitarlos y para qué

Podrán ser entidades beneficiarias, según el apartado primero de las bases:

  • Municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Sevilla con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Entidades que tengan suscrito y vigente, en el momento de presentar la solicitud, el convenio de cooperación para el desarrollo del Plan Provincial de Cohesión Social e Igualdad.
  • Entidades que sean beneficiarias del Servicio de Ayuda a Domicilio vinculado a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (SAD Dependencia).
  • Entidades que cumplan los requisitos de la convocatoria.

La finalidad es regular la concesión de anticipos financieros reintegrables para cubrir necesidades transitorias de tesorería de estas entidades locales.

Cuantía, plazo y naturaleza del anticipo

La cuantía máxima global de la convocatoria de 2026 asciende a 20.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2103 93400 8202002. La cuantía individual predeterminada para cada entidad beneficiaria equivale a tres mensualidades medias del SAD Dependencia, calculadas sobre la base de los pagos efectivamente realizados por la Diputación Provincial de Sevilla a favor de la entidad correspondiente durante el ejercicio inmediatamente anterior.

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.

Los anticipos se configuran como operaciones de tesorería a corto plazo, de carácter temporal y reintegrable, con imputación al capítulo 8 —activos financieros— del presupuesto provincial.

Impacto para los ayuntamientos

La medida afecta a la práctica totalidad de los municipios de la provincia, ya que la mayoría no alcanza los 20.000 habitantes, y llega en un momento en que los consistorios deben adelantar el coste del Servicio de Ayuda a Domicilio de Dependencia antes de recibir los pagos de la Diputación. El anticipo, equivalente a tres mensualidades medias del servicio, da margen de liquidez a los ayuntamientos y entidades locales autónomas mientras se tramita la financiación definitiva, aunque se trata de dinero que deberá devolverse al presupuesto provincial.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, número 192, de 2 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 5 (referencia oficial: BOP-SE-2026-192001).