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BOP de Cáceres · 21 Oct 2026 · 1 vistas

La Diputación de Cáceres convoca 148.000 euros en ayudas al envejecimiento activo

Por FactBox Admin

La Diputación de Cáceres convoca 148.000 euros en ayudas al envejecimiento activo

La Diputación Provincial de Cáceres ha convocado subvenciones por un total de 148.000 euros destinadas a favorecer el envejecimiento activo entre clubes, hogares, asociaciones y federaciones de personas mayores, jubiladas y pensionistas de municipios de menos de 20.000 habitantes. Las bases reguladoras y la convocatoria se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP) n.º 0202, de 21 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, con la referencia oficial BOP-2026-4903, y su extracto con la referencia BOP-2026-4905. Las entidades interesadas disponen de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto para presentar su solicitud.

La convocatoria fue aprobada el 20 de octubre de 2026 por resolución de la Vicepresidencia Primera de Territorio, Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres, que actúa por delegación de 5 de julio de 2023 modificada por resolución de 14 de agosto de 2025 (BOP n.º 156, de 18 de agosto de 2025). El anuncio de publicación va firmado por el Oficialía Mayor, José Álvaro Casas Avilés, y el extracto por la vicepresidenta primera, María Esther Gutiérrez Morán. El extracto está registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador 936525.

El marco de la convocatoria son las competencias de asistencia económica y cooperación provincial del artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, junto con la Ley 3/2019, de garantía de autonomía municipal de Extremadura, y el artículo 9 de la Ley 3/2022, de medidas ante el reto demográfico y territorial. Las ayudas se imputan a la partida presupuestaria 2026.04.2314.48620, del presupuesto aprobado por el Pleno el 13 de noviembre de 2025 (BOP n.º 240, de 17 de diciembre de 2025).

Concesión directa y reparto por orden de llegada

El procedimiento es el de concesión directa mediante convocatoria abierta, previsto en el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación. La institución justifica esta vía por razones de interés público y social y por la necesidad de agilizar la llegada de las ayudas al tejido asociativo del medio rural.

Las cifras principales de la convocatoria son las siguientes:

  • Dotación total: 148.000 euros para gastos de naturaleza corriente.
  • Importe máximo por entidad beneficiaria: 2.500 euros.
  • Número máximo de entidades atendibles si todas percibieran el tope: 59.
  • Criterio de reparto: orden de entrada de las solicitudes, según día, hora y minuto de presentación.
  • Pago: carácter prepagable, sin necesidad de constituir garantía.
  • Plazo máximo para resolver y notificar: 6 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto.

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas de la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.

Requisitos y tramitación electrónica obligatoria

Podrán ser beneficiarias las entidades sin fin de lucro con personalidad jurídica y capacidad de obrar, constituidas e inscritas en el registro correspondiente antes de la publicación de la convocatoria, sin dependencia económica ni institucional de entidades lucrativas y al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Domicilio social, sede o delegación permanente en un municipio de la provincia de Cáceres con menos de 20.000 habitantes, o en una entidad local menor.
  • Una única solicitud por entidad, a través de la sede electrónica https://sede.dip-caceres.es.
  • Documentación obligatoria: poder de representación, CIF o certificación de delegación, certificación de inscripción en el registro, declaración responsable de estar al corriente con la AEAT y la Tesorería General de la Seguridad Social, y declaración responsable de terceros.
  • Subsanación de errores: 10 días hábiles; en caso contrario se tendrá por desistida la solicitud.

Actividades financiables y calendario

El Anexo I de las bases detalla las actuaciones subvencionables, ordenadas en cinco objetivos: hábitos saludables para mayores de 60 años, prevención del aislamiento social y actividades intergeneracionales, acceso a la cultura y el ocio, aprendizaje a lo largo de la vida y fortalecimiento del tejido asociativo sénior. Entre las actividades figuran gimnasia de mantenimiento, yoga, senderismo, talleres de memoria y estimulación cognitiva, talleres de alfabetización digital y de prevención de estafas, clubes de lectura, cine-fórum y encuentros interasociativos.

En materia de gastos, se admiten servicios, suministros, arrendamientos, material y personal propio de la entidad, con estos límites:

  • Manutención, catering, comidas o alojamiento: máximo del 15% del importe concedido.
  • Transporte y desplazamientos: máximo del 15% del importe concedido.
  • Gastos indirectos: compensación mediante tanto alzado de hasta el 10%.

Quedan excluidas las solicitudes con actuaciones fuera de la provincia de Cáceres y las actividades puntuales como fiestas, viajes o comidas que no formen parte de un proyecto de envejecimiento activo. El plazo de ejecución va del 1 de noviembre de 2026 al 30 de septiembre de 2027, sin posibilidad de prórroga, y la justificación podrá presentarse hasta el 31 de diciembre de 2027.

La convocatoria llega a un territorio donde el envejecimiento y la despoblación condicionan la vida social de la mayoría de los municipios, y lo hace con un procedimiento resuelto por orden de llegada: las entidades que presenten antes su solicitud tendrán prioridad sobre un crédito limitado a 148.000 euros. Para los clubes y hogares de mayores del medio rural, con presupuestos reducidos, estos 2.500 euros máximos por entidad pueden ser la diferencia entre mantener un programa anual de talleres y actividades o renunciar a él.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0202, 21 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 23853-23875 y 23909-23915 (referencia oficial: BOP-2026-4903 y BOP-2026-4905).