BOP de Alicante · 29 Sep 2026 · 22 vistas
La Diputación de Alicante reparte 5,8 millones entre 52 municipios pequeños
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Alicante ha concedido 5.795.716,25 euros en subvenciones de gastos corrientes del Plan +Cerca 2026 (2ª Fase) a 52 entidades locales de menos de 1.000 habitantes. La medida se aprobó mediante Decreto del Sr. Presidente núm. 2026-4333, de 28 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP) núm. 185, de 29 de septiembre de 2026, en la sección III. Administración Local (anuncio 7398). El reparto llega con anticipo del 100% del importe y un plazo de justificación que se extiende hasta febrero de 2027.
El importe concedido a cada entidad corresponde a la diferencia entre el nuevo importe máximo de subvención prefijado en la “Tabla de subvenciones por Entidad Local” —aprobada en los apartados Segundo y Quinto del acuerdo plenario de 21 de julio de 2026 (BOP núm. 137, de 23 de julio de 2026)— y la subvención ya concedida y anticipada por Decreto del Sr. Presidente núm. 2581, de 8 de junio de 2026. La resolución no fija orden de prelación entre las solicitudes presentadas, conforme al apartado cuarto de la Disposición 21 de la convocatoria.
El gasto total se imputa a la aplicación 31.9201.4620100 del Presupuesto Provincial vigente. La resolución está firmada por el Director del Área de Asistencia a Municipios, la Vicepresidenta 2ª y Diputada de Administración General y Hacienda, y la Secretaria General.
Reparto entre 52 entidades locales
El anexo de la resolución detalla las 52 entidades beneficiarias, con su CIF, población y cuantía. Las mayores asignaciones son:
- E.A.T.I.M. Jesus Pobre: 205.344,00 € (959 habitantes).
- Ayuntamiento de Famorca: 171.280,00 € (44 habitantes).
- Ayuntamiento de Benimassot: 165.950,00 € (85 habitantes).
- Ayuntamiento de Fageca: 162.000,00 € (100 habitantes).
- Ayuntamiento de Quatretondeta y Ayuntamiento de Benifallim: 157.500,00 € cada uno (130 habitantes).
Las cuantías menores corresponden a Ayuntamiento de Torre de les Maçanes (La)/Torremanzanas, con 46.991,25 € (749 habitantes), Ayuntamiento de Benimeli, con 50.900,00 € (474 habitantes), y Ayuntamiento de Ràfol d’Almúnia (El), con 56.994,00 € (734 habitantes). La lista incluye también la E.A.T.I.M. Ayuntamiento Llosa de Camatxo, con 109.000,00 €, y municipios como Tollos (32 habitantes), el de menor población del anexo.
Anticipo del 100% y dos plazos de justificación
La resolución anticipa a cada ayuntamiento que no haya renunciado expresamente el abono del 100% del importe señalado, conforme a la Disposición 16 de la convocatoria. Los plazos de justificación quedan divididos en dos supuestos:
- Entidades que no han renunciado al anticipo: justificación hasta el 5 de febrero de 2027, sin posibilidad de exceder esa fecha.
- Entidades que han renunciado al anticipo: justificación hasta el 23 de octubre de 2026, también como límite máximo.
Publicidad obligatoria y vía de recurso
Los beneficiarios deberán dar publicidad de la financiación de la Diputación en la actuación subvencionada, según la Disposición 17 de la convocatoria y el artículo 15.2 de la Ordenanza General de Subvenciones. La difusión deberá realizarse en las redes sociales de que disponga el beneficiario e incluir, como mínimo, el nombre de la obra u objeto de destino, el nombre de la convocatoria y el total de la subvención recibida, junto con la imagen institucional de la entidad provincial. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al reintegro de la subvención, en los términos del artículo 36.5 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe:
- Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano autor del acto (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).
Ninguno de los recursos suspende la ejecución del acto notificado.
El reparto refuerza la financiación corriente de los municipios más pequeños de la provincia, muchos por debajo de los 300 habitantes, que dependen de estas aportaciones provinciales para sostener sus servicios. El anticipo íntegro permite a los ayuntamientos disponer del dinero antes de ejecutar el gasto, mientras que el calendario de justificación escalonado —octubre de 2026 para quienes renunciaron al anticipo y febrero de 2027 para el resto— marca las obligaciones contables de las entidades beneficiarias en los próximos meses.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 185 de 29 de septiembre de 2026, III. Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: anuncio 7398).