BOP de Alicante · 29 Sep 2026 · 20 vistas
La Diputación concede 83.588 euros a 96 entidades para promover la convivencia
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Alicante ha resuelto la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro que actúan en el ámbito del Bienestar Social en la provincia, destinadas a sufragar los gastos de desplazamiento de actividades de promoción de la convivencia. La resolución, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 185, de 29 de septiembre de 2026, concede ayudas a 96 entidades por un importe total de 83.588,50 euros. El anuncio lleva la referencia 7360/2026 y aparece en la sección III, Administración Local.
El decreto y el marco de la convocatoria
La resolución se aprobó por Decreto de la Diputada de Bienestar Social e Igualdad número 4.306, de 25 de septiembre de 2026, dictado en virtud de las facultades delegadas por el presidente de la institución mediante resolución número 3.328, de 28 de julio de 2023 (BOP número 150, de 4 de agosto de 2023). La convocatoria de origen había sido aprobada por Decreto número 3.741, de 14 de agosto de 2026, y la propuesta de resolución que ahora se ejecuta es la PR/2026/5009, de 24 de septiembre de 2026.
El expediente cuenta con el informe de la Comisión de Valoración de Bienestar Social, constituida como órgano colegiado conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además de los informes de la Intervención de Fondos y de la Jefa de Servicio de Bienestar Social. Las ayudas se imputan a la aplicación presupuestaria 20.2317.4831000, con un gasto total dispuesto de 83.588,50 euros, sobre una convocatoria dotada con 150.000 euros. Podrán cubrir hasta el 100% del coste de los desplazamientos de las actividades realizadas entre el 16 de septiembre de 2025 y el 12 de octubre de 2026.
Entidades beneficiarias y actividades
El Anexo 1 relaciona las 96 entidades con su NIF, localidad, actividad y cuantía. Entre las subvenciones de mayor importe, de 1.000 euros, figuran:
- Asociación de Personas con Discapacidad de Benidorm y Comarca (ASMIBE), por un programa de ocio y tiempo libre.
- Asociación de Mujeres Afectadas por Cáncer de Mama de Elche y Comarca (AMACMEC), para una excursión.
- Unión Diabéticos Alicante (U.D.A.), por un campamento familiar de convivencia asociativa.
- Asociación de Madres y Padres de Niñas y Niños con Cáncer de la Comunidad Valenciana (ASPANION), para un campamento de verano.
- Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Provincia de Alicante (COCEMFE), con 980 euros.
Otras ayudas destacadas son las de Asociación de Daño Cerebral Adquirido e Ictus de la Vega Baja (ACERVEGA), con 845 euros; Asociación de Fibromialgia, Fatiga Crónica etc. ASIMEPP de Torrevieja, con 825 euros; Asociación de Discapacitados de Pinoso Iguals i Sense Traves, con 975 euros, y Fundación Juan Carlos Pérez Santamaría, con 63 euros, la cuantía más baja del anexo. Las entidades abarcan localidades como Alicante, Elche, Benidorm, Villena, Orihuela, Alcoy, Dénia, Torrevieja, Novelda, Petrer o Crevillent.
Plazos de justificación y vías de recurso
Las beneficiarias cobrarán previa presentación de la documentación entre la publicación de la resolución y el 15 de octubre de 2026:
- Impreso de justificación 1B, con referencia a los pagos efectuados.
- Memoria de actuación conforme al Anexo V.
- Declaración responsable del modelo Anexo VI sobre obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Documentación gráfica de la difusión en redes sociales; sin redes, Anexo VII.
El importe a justificar será como mínimo el 100% de la cantidad concedida y los originales deberán conservarse cuatro años desde el 15 de octubre de 2026. Los defectos subsanables dispondrán de diez días para su corrección. El Anexo 2 recoge los desistimientos aceptados de Fundación AEPA y Vegatea. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que la suma no supere el coste del desplazamiento. Contra la resolución cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en dos meses ante el Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante.
El reparto consolida el apoyo provincial al tejido asociativo que trabaja con personas con discapacidad, enfermedad mental, cáncer, alzhéimer, diabetes o fibromialgia, y permite que colectivos de toda la provincia financien los desplazamientos de sus salidas, campamentos y jornadas de convivencia. Las entidades disponen de apenas dos semanas desde la publicación para presentar la justificación, un plazo ajustado que condiciona el cobro efectivo de las ayudas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 185 de 29 de septiembre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 1-13 (referencia oficial: 7360/2026).